Algunas de las respuestas que aquí incluimos han sido copiadas de las propias páginas del Ministerio de Justicia.

¿Qué es un indulto?

Es una medida de gracia, de carácter excepcional, consistente en la remisión total o parcial de las penas de los condenados por sentencia firme, que otorga el Rey, a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros

¿Quienes pueden ser indultados?

Los reos de toda clase de delitos.

¿Cuáles son los efectos del indulto?

La extinción de la responsabilidad penal. No cancela los antecedentes penales.

¿Quiénes no pueden ser indultados?

  • Quienes estén siendo procesados criminalmente pero aún no hayan sido condenados por sentencia firme.
  • Quienes no se encuentren a disposición del Tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena.
  • Los reincidentes en el mismo o en cualquier otro delito por el que hubiesen sido condenados por sentencia firme. Se exceptúan, sin embargo, los casos en que, a juicio del Tribunal sentenciador, hubiese razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgarle la gracia.

¿Qué tipos de indulto existen?

El indulto puede ser:

  • Total: Remisión de todas las penas a que hubiese sido condenado y que aún no hubiese cumplido el penado.
  • Parcial: Remisión de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas ellas que aún no hubiese cumplido el penado.

Se reputará también indulto parcial la conmutación de la pena o penas impuestas al penado en otras menos graves. En ningún caso el indulto comprenderá la responsabilidad civil derivada del delito. El indulto de penas pecuniarias (multa) exime al indultado de pagar las cantidades aún no satisfechas, pero no implica la devolución de las ya pagadas, salvo que se diga expresamente.

¿Tiene en cuenta el gobierno los informes del tribunal sentenciador?

No se sabe: ni el veredicto del informe del tribunal sentenciador ni el del Ministerio Fiscal se hacen público, por lo que no podemos saber si los indultos son concedidos a favor o en contra de su opinión.

Según las fuentes que hemos consultado, en la mayor parte de los casos el informe del tribunal sentenciador es contrario a la concesión del indulto, pero no tenemos la información suficiente como para sacar conclusiones verificables.

¿Cómo decide el gobierno si concede o no un indulto?

No lo sabemos. Uno de los puntos más polémicos sobre esta medida de gracia es la opacidad de dicha decisión y la falta de información explícita sobre los motivos de la concesión o denegación de los indultos. Esta opacidad puede llegar a crear una percepción de arbitrariedad en su concesión que vulneraría uno de los principios de nuestra constitución.

La constitución establece en su artículo 9.3: “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

¿Por qué no mostráis los nombres de los indultados?

Estamos analizando la relevancia de la Ley de Protección de Datos a la hora de tratar la información de indultos. Mientras tanto hemos decidido no trabajar en ningún momento con los nombres de los indultados en ningún paso de nuestro proceso.

En el año 2000 la Asociación Contra La Tortura fue condenada a pagar 60 millones de pesetas de multa (360.000€ del año 2000) por crear una lista de policías y funcionarios de prisiones condenados y/o acusados de torturas. La Audiencia Nacional afirma en la sentencia que sólo la Administración puede crear una base de datos de “infracciones penales o administrativas”, “con independencia del origen público o privado del dato”.

¿Puedo reutilizar los datos?

La licencia sobre el trabajo de recopilación y limpieza de la base de datos final es Open Database License 1.0, que permite la distribución y reutilización del contenido siempre y cuando se atribuya el origen y se mantenga la apertura de las obras derivadas.

¿Por qué solamente mostráis los primeros 500 resultados en la tabla de indultos?

En algunos navegadores (Safari especialmente) la renderización de la tabla de indultos era demasiado pesada si traíamos todos los resultados. Siempre podéis aplicar algún filtro más restrictivo para ir viendo los resultados por partes.

¿Algo más?

Si aún tienes alguna duda o quieres hacernos llegar algún comentario, escríbenos a [email protected] y te responderemos lo antes posible.