En pleno debate sobre la Ley de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) del ministro Wert, el Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado tres recursos interpuestos contra la anterior reforma de la enseñanza del Partido Popular, la LOCE de Aznar de 2001. Entonces, como ahora, algunas comunidades criticaron que el Gobierno invadiera sus competencias regulando el currículo escolar.

Presentaron quejas ante el TC, al menos, Baleares, Andalucía, Aragón, Castilla La Mancha, Cataluña y Extremadura. El BOE publica hoy las sentencias sobre los recursos de estas tres últimas y desestima en su totalidad los de Castilla La Mancha y Extremadura. El pleno del tribunal asegura que el Gobierno tiene competencia para establecer el contenido de los distintos niveles educativos en lo que se refiere a las enseñanzas comunes, que suponen el 55 o 65% del horario escolar, dependiendo de si la comunidad autónoma tiene lengua cooficial o no. Así, la sentencia considera que, puesto que las comunidades tienen margen de decisión con el resto del tiempo de estudio, la norma no vulneraba sus competencias en esta materia.

De la misma manera se pronuncia el tribunal sobre el recurso catalán, aunque en ese caso sí admite la inconstitucionalidad “formal” de la disposición adicional décima, que otorga rango de ley orgánica a cuatro puntos (16.3, 23.2, 26.2 y 5) demasiado concretos -establecen, por ejemplo, los dos itinerarios de tercero de bachillerato y los tres de cuarto- como para quedar fijados permanentemente, ya que “constituyen una opción de política educativa que puede y aún debe ser susceptible de adaptación”.

Más allá de esta apreciación formal, la sentencia del Constitucional no ofrece buenos augurios para el gobierno catalán si la Lomce se aprueba sin modificaciones sobre el borrador presentado por Wert y, tal y como ha anunciado la consellera Rigau, llevan la norma al alto tribunal.

Buenas tardes.

(sí, el Constitucional va por la época de Aznar)

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