El buzón es el espacio en el que resolveremos de forma prioritaria a nuestros socios todas las dudas en cuestión de transparencia, gestión pública, acceso a la información, periodismo de datos… ¿Mi ayuntamiento tiene obligación de facilitar las actas de los plenos? ¿Los colegios profesionales tienen obligaciones de transparencia? ¿Qué empresa o UTE se ha llevado determinado contrato?

Escríbenos a [email protected], te responderemos y te ayudaremos a conseguir los datos.

Teresa, socia desde 2013:

Estoy consultando dondevanmisimpuestos.es y los datos de los presupuestos de la Comunidad de Madrid no me coinciden con los que están publicados en la web de transparencia. Por ejemplo:

“La Comunidad de Madrid ha aprobado para 2017 unos Presupuestos Generales que ascienden a 18.538 millones de euros.”

“El Presupuesto de gastos no financieros de la Comunidad de Madrid para 2016 asciende a 17.890 millones de euros.”

“El Presupuesto de gastos no financieros de la Comunidad de Madrid para 2015 asciende a 17.409 millones de euros.”

Mientras que en vuestra web se muestra: 2017 - 20.504€; 2016 - 20.139€; 2015 - 20.852€.

Sé que en 2017 se habla de presupuestos generales y en los años anteriores de “gastos no financieros”, lo que no sé si tiene algún “truco”, pero tampoco coinciden en 2017… ¿Me podéis explicar dónde puede estar el motivo de la diferencia?

Hola, Teresa,

He estado mirando las cifras que comentas, para 2017, y he encontrado el motivo de la diferencia.

La respuesta corta es que la diferencia es que la Comunidad de Madrid, en la cifra general que dan, y en la presentación resumen que ofrecen, no incluye la amortización de la deuda (el “Capítulo 9”) y nosotros sí. Estaría bien que lo aclararan en su web para evitar confusión, pero no es irregular.

La respuesta larga es un poco larga, porque lo de incluir la deuda siempre me cuesta explicarlo bien y genera confusión. A ver si me sale:

Para empezar, nosotros sacamos los datos del Ministerio de Hacienda, que recibe un resumen muy de alto nivel del presupuesto de cada Comunidad, sin entrar en detalle. Puedes ver los datos de Hacienda aquí. No puedo enlazarte a la página de Madrid 2017 exactamente, porque la web es un chusco, pero puedes darle a “Datos consolidados > Consultas”, elegir Madrid año 2017, y luego “Clasificación funcional por capítulos depurados IFL y PAC”. (Este es el desglose con más detalle que hay.)

En cada fila de la tabla hay una política pública (Sanidad, Justicia…), “para qué se gasta”, y en cada columna lo que se conoce como clasificación económica, el “cómo se gasta”: el Capítulo 1 son salarios, por ejemplo, el Capítulo 2 es gasto corriente (luz, alquileres…), etc.

Si miras la página 10 de la presentación que ellos dan para el año 2017, verás que ellos desglosan el número global por capítulos. Y verás que el total del Capítulo 1 (6657,2 M€) coincide con el número de la web de Hacienda. Los totales por capítulos coinciden (excepto el 8 por muy poco, no sé por qué, tal vez algún cambio de última hora), y la diferencia es que ellos suman del 1 al 8, y nosotros todos, del 1 al 9.

¿Es normal lo de dar la suma de solo una parte? En general sí, pasa también con los Presupuestos Generales del Estado: dependiendo de la situación las cifras oficiales suelen sumar del 1 al 7 o del 1 al 9, porque los capítulos 8 y 9 son un poco especiales: si la CAM le presta 1000M€ a una empresa pública, el dinero sale de su cuenta, pero a cambio tiene derecho a cobrarlo de vuelta, y eso se mete en el capítulo 8; si paga deuda que tenía (un préstamo o una emisión de bonos) el dinero también sale de la caja, pero a cambio se quita la deuda. Es decir, en el gasto de los capítulos 8 y 9 el dinero sale, pero no es un “gasto real”, y además estos capítulos suben y bajan en función de si refinancias la deuda y cosas así, y por eso a menudo al resumir un presupuesto a veces se habla del gasto no financiero, del 1 al 7. Mostrar del 1 al 8 es un poco más inusual, pero bueno. Otras veces sí tiene sentido centrarse en el total, porque ese dinero lo tiene que sacar la administración de algún sitio. (Y aclaro que los intereses de la deuda se incluyen siempre en el total, es el Capítulo 3)

En el resto de la web, al mostrar los PGE en su conjunto damos el gasto financiero y no financiero por separado, para que cada uno mire lo que quiera, pero en el mapa de las Comunidades Autónomas lo tenemos todo junto. La buena noticia es que a la hora de mirar la evolución del gasto de una política concreta (Sanidad, por ejemplo), que era nuestro objetivo, todo esto que te estoy contando no importa. Te lo cuento para que sepas que las cifras que damos para una política concreta son correctas.

Espero que esta información te resulte útil y que haya podido ayudarte. Un saludo. David.

Manuel, socio desde 2018:

Un conjunto de datos que no consigo encontrar para España son datos demográficos a nivel código/postal, sobre todo datos de salarios y poder adquisitivo. Me gustaría hacer análisis de diversas zonas respecto a cual es la composición demográfica de los diversos barrios de mi ciudad (Murcia). ¿Sabéis vosotros como encontrarlos?

Algunos datos del INE se desglosan a nivel de sección censal, que suelen tener entre 1000 y 2500 habitantes. En la entrada de Wikipedia se explica mejor.

Así, por ejemplo, para el Censo de Población y Viviendas tienes una serie de indicadores disponibles para cada sección censal, con información sobre edad, género, educación o viviendas, que va en la línea del mapa poblacional que nos mandabas. En esa página verás que te puedes descargar el mapa de las secciones censales.

Tú preguntabas por códigos postales: si realmente lo quieres a ese nivel, habría que convertir la información del INE que viene en secciones censales. Nosotros no lo hemos hecho nunca, pero hemos encontrado un artículo que explica la teoría y los problemas prácticos al intentar hacerlo.

Le hemos preguntado a Carlos Gil Bellosta, un estadístico que escribe a veces sobre datos del INE, y me dice que el INE ha comenzado a publicar también datos por “celdilla”, es decir, por regiones de 1km2 “donde vive gente”, como por ejemplo aquí.

Me dice también Carlos que “en los microdatos suele constar el municipio si es mayor de X habitantes (dependiendo, pueden ser 10k)”. Ahí ya dependerá de cada encuesta en concreto. Yo he mirado la de condiciones de vida, por ejemplo, porque podía ir en la línea de salarios y poder adquisitivo que mencionabas, pero en los microdatos anonimizan la sección censal, así que parece que no puede bajarse más alla de la Comunidad Autónoma. No sé si habrá otra encuesta del INE en esa línea. Pero a veces hay datos más detallados suministrados por los ayuntamientos, como es el caso de Madrid, que publica por barrios y distritos.

Por último, el INE tiene una publicación “Indicadores Urbanos”, parte de un proyecto europeo, con indicadores a nivel municipal o incluso de barrios. La página en el INE parece que ahora no va, pero aún se puede acceder a los datos de ciudades y de barrios]. En esta última tabla veo cosas de Murcia, por ejemplo.

Un saludo, David.

Pedro L., socio desde 2015:

Me gustaría poder acceder a las actas del consejo de administración de la Compañía Arrendataria de Tabacos, S.A. (más tarde Tabacalera, S.A. y luego Altadis, S.A.) entre los años 1936 y 1945. De una pequeña parte de esas actas hay copia en el Archivo General de la Administración, a las que he podido acceder sin problemas. De las restantes he solicitado a Altadis el acceso a las mismas y me lo ha negado porque dice que son secretas. Hay que recordar que estamos hablando de una compañía pública, en aquellos tiempos. He solicitado amparo al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y me indican que no me pueden ayudar por ser Altadis hoy en día una entidad privada, fuera de su ámbito de competencias.

¿Se os ocurre la forma en que se podría obligar a que se permita el acceso a las actas de una empresa pública y de hace más de 70 años?

Es un caso muy complicado, como comentas. Creo que la única manera posible para pedir esa información es dirigirte al organismo público -ese sí tiene obligación de responderte bajo el marco de la ley- del que dependiera en su momento. Como eso es complicado y no está claro de qué Ministerio dependía o si ha cambiado de nombre o funciones, lo que haría sería dirigir la solicitud de información al Ministerio de Presidencia aclarando que te diriges al Gobierno en tanto durante esos años era empresa pública. No sé si la respuesta será satisfactoria, porque pueden alegar que ya no se guardan esas actas o remitir a la ley de archivos, mucho más restrictiva, pero creo que es el único camino a seguir ahora mismo.

Un saludo. Eva.

Carlos, socio desde 2017:

¿Podían informarme qué tipo de concurso fue el que adjudicó el proyecto CASTOR a una filial de ACS? ¿Fue un concurso negociado?

El proyecto de Castor no fue una adjudicación como las que se rigen por la Ley de Contratos del Sector Público, sino una concesión de explotación. Este procedimiento está regulado por la Ley del Sector de Hidrocarburos (artículo 25) al tratarse de la explotación de yacimientos o almacenamientos subterráneos. Lo que hizo Escal UGS, participada por ACS y Enagás, entre otras, fue solicitar una concesión para la explotación de uno de estos yacimientos, ya vacío, para almacenar allí gas natural. Si la empresa cumple con todos los requisitos, es el Gobierno quien aprueba dicha concesión mediante un Real Decreto. En este caso, lo aprobó en un R.D. de 2008, que puedes consultar aquí.

Un saludo. Miguel.

Gerardo, socio desde 2015:

He escrito al Ayuntamiento de Pozoblanco solicitando me envíen información sobre una serie de acuerdos y gastos públicos en corridas de toros. Os adjunto escrito enviado. En lugar de contestarme con un oficio donde se detalle la información solicitada me contestan esto:

Buenas tardes Gerardo, en relación a su escrito con registro de entrada 054/RT00/E/E2017/534, y como respuesta a los datos solicitados, le remitimos a que consulte dichos datos en la página web del Ayuntamiento de Pozoblanco, www.pozoblanco.es, en el apartado perfil del contratante*.

¿Me podríais indicar algún tipo de Normativa de Transparencia para solicitarles una respuesta completa y más formal?

Los argumentos que yo les daría a esa respuesta son los siguientes (toca/cambia/adapta lo que consideres si lo quieres usar):

  • La solicitud de información registrada ante el Ayuntamiento está enmarcada dentro del acceso a la información que reconoce la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, por lo que solicito una respuesta completa a cada una de las cuestiones solicitadas y, en el caso de que esa respuesta completa estuviera contenida en una publicación, que se me señale cuál y en qué apartado.

  • La Ley de Transparencia Pública de Andalucía establece la obligación del cumplimiento de los principios de facilidad y comprensión (artículo 6.h.) y accesibilidad (6.i) de la información que las administraciones públicas ponen a disposición de los ciudadanos, principios que no se han cumplido en su respuesta a mi solicitud. Además, los organismos reguladores (como el CTBG, antes de que el Consejo de Transparencia de Andalucía cumpliera esas funciones) han reiterado en varias ocasiones que responder a una solicitud de información con una alusión genérica a una página web no es suficiente.

Por todo ello, les reclamo que vuelvan a tramitar mi solicitud siguiendo los cauces y la actitud que marca la norma.

No obstante, si no te hacen caso, recurriría al Consejo andaluz. Tienes todo de tu parte para que te den la razón.

Un saludo. Eva.

Manuel, socio desde 2018:

Un conjunto de datos que no consigo encontrar para España son datos demográficos a nivel código/postal, sobre todo datos de salarios y poder adquisitivo. Me gustaría hacer análisis de diversas zonas respecto a cual es la composición demográfica de los diversos barrios de mi ciudad (Murcia). ¿Sabéis vosotros como encontrarlos?

Algunos datos del INE se desglosan a nivel de sección censal, que suelen tener entre 1000 y 2500 habitantes. En la entrada de Wikipedia se explica mejor.

Así, por ejemplo, para el Censo de Población y Viviendas tienes una serie de indicadores disponibles para cada sección censal, con información sobre edad, género, educación o viviendas, que va en la línea del mapa poblacional que nos mandabas. En esa página verás que te puedes descargar el mapa de las secciones censales.

Tú preguntabas por códigos postales: si realmente lo quieres a ese nivel, habría que convertir la información del INE que viene en secciones censales. Nosotros no lo hemos hecho nunca, pero hemos encontrado un artículo que explica la teoría y los problemas prácticos al intentar hacerlo.

Le hemos preguntado a Carlos Gil Bellosta, un estadístico que escribe a veces sobre datos del INE, y me dice que el INE ha comenzado a publicar también datos por “celdilla”, es decir, por regiones de 1km2 “donde vive gente”, como por ejemplo aquí.

Me dice también Carlos que “en los microdatos suele constar el municipio si es mayor de X habitantes (dependiendo, pueden ser 10k)”. Ahí ya dependerá de cada encuesta en concreto. Yo he mirado la de condiciones de vida, por ejemplo, porque podía ir en la línea de salarios y poder adquisitivo que mencionabas, pero en los microdatos anonimizan la sección censal, así que parece que no puede bajarse más alla de la Comunidad Autónoma. No sé si habrá otra encuesta del INE en esa línea. Pero a veces hay datos más detallados suministrados por los ayuntamientos, como es el caso de Madrid, que publica por barrios y distritos.

Por último, el INE tiene una publicación “Indicadores Urbanos”, parte de un proyecto europeo, con indicadores a nivel municipal o incluso de barrios. La página en el INE parece que ahora no va, pero aún se puede acceder a los datos de ciudades y de barrios]. En esta última tabla veo cosas de Murcia, por ejemplo.

Un saludo, David.

José Manuel, socio desde 2016:

Me gustaría conocer mejor la información que está obligado a dar el Ayuntamiento de Villa del Prado.

Hola José Manuel,

Desde el 10 de diciembre de 2015, gracias a la Ley de Transparencia, los ayuntamientos tienen más definidas sus obligaciones de rendición de cuentas. La información pública puede estar publicada en las páginas web de los sujetos obligados (en este caso, en la de tu ayuntamiento) o, si no está disponible, tienes derecho a solicitarla. El primer caso es lo que se conoce como publicidad activa y la Ley dicta qué debe publicar un organismo público:

  • Información institucional, organizativa y de planificación:
    • Funciones
    • Normativa
    • Estructura organizativa (organigrama que identifique a los responsables y altos cargos, con su perfil y su currículo)
    • Planes y programas anuales y plurianuales (+ actividades, medios y tiempo previsto para su consecución)
  • Información de relevancia jurídica:
    • Directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas
    • Proyectos de Reglamentos
    • Memorias e informes (en particular, memoria del análisis de impacto normativo, MAIN)
    • Documentos sometidos a información pública
  • Información económica, presupuestaria y estadística:
    • Contratación (objeto, duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento, número de licitadores, adjudicatario, modificaciones del contrato, desistimientos y modificaciones, contratos menores; también estadísticas sobre el volumen presupuestario adjudicados a través de cada uno de los procedimientos de contratación previstos en la LCSP)
    • Convenios (firmantes, objetos, duración, modificaciones, prestaciones y obligaciones económicas)
    • Encomiendas de gestión
    • Subvenciones y ayudas públicas (importe, objetivo o finalidad y beneficiarios)
    • Presupuestos (principales partidas, estado de ejecución, cumplimiento de objetivos de estabilidad)
    • Cuentas anuales e informes de auditorías de cuentas y fiscalización
    • Retribuciones de altos cargos e indemnizaciones
    • Resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad
    • Declaraciones anuales de bienes (sin identificación de su localización) y actividades de los representantes locales
    • Información estadística sobre grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos
    • Bienes inmuebles de su propiedad

Todo ello, deberá ser publicado de forma periódica, estar convenientemente actualizado en sus páginas web o sedes electrónicas y de manera clara, estructurada, entendible y reutilizable. Además su acceso debe ser fácil y gratuito.

Si alguna información pública de tu interés no está dentro de estas categorías, tienes derecho a solicitarla. Puedes pedir cualquier tipo de contenido o documento disponible que tenga tu ayuntamiento y que haya sido elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones. Eso sí, con ciertas limitaciones, como cuando su acceso suponga un perjuicio para la protección de datos personales (aunque hay que ponderar si prima el interés público) o las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, entre otros (más aquí). También existen varias causas de inadmisión, como cuando una información está en curso de elaboración (tienes todas aquí).

El ayuntamiento de Villa del Prado no tiene un formulario ad hoc para que puedas presentar tu solicitud, pero puedes hacerlo mediante una instancia genérica a través de su sede electrónica o en un registro oficial. Recuerda que no necesitas motivar tu petición. La Ley solo exige: + Identidad del solicitante + Información que se solicita + Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones

De todas formas, ante la duda, solicita la información. Y, si no estás conforme con la respuesta, siempre puedes reclamar. En el caso de tu ayuntamiento, al ser de la Comunidad de Madrid, tendrías que plantearla ante el Consejo de Transparencia estatal (tienen unos formularios para este trámite aquí) y la puedes enviar a su correo ([email protected]).

Un saludo, Miguel.