El BOE recoge la reforma de la Ley de Defensa del Consumidor, que incluye medidas relativas a poner coto al cigarrillo electrónico, hasta ahora en un limbo legal. La norma, que entra en vigor hoy aunque se haya publicado esta misma mañana, incluye a estos dispositivos dentro de la ley antitabaco, aunque con algunas salvedades.

La ley prohíbe el vapeo en centros de las administraciones públicas, establecimientos sanitarios, centros docentes (excepto en espacios al aire libre de universidades y otras escuelas para adultos), medios de transporte y parques infantiles. En cambio, da vía libre a su uso en bares y restaurantes, así como centros de trabajo.

Aunque no limita su venta a estancos o máquinas dispensadoras reguladas, como sí ocurre con los cigarrillos tradicionales, sí los equipara con respecto a la prohibición de su venta a menores, a los que tampoco se podrá ofrecer productos que imiten su forma o características. Además, incluye la obligación de colgar carteles alertando del veto a los menores de 18 años.

La norma también regula la publicidad de los cigarrillos electrónicos, que no se podrá emitir en horario infantil, como ya ocurre con el tabaco tradicional. La normativa afecta a todos los dispositivos “susceptibles” de liberación de nicotina.

Vía libre a la nueva factura de la luz de Soria

La reforma de la Ley de Defensa del Consumidor también incluye una disposición que modifica la Ley del Sector Eléctrico, aprobada hace sólo unos meses, en diciembre de 2013. Como adelantó El Economista, incluye cambios que permiten al Ministerio de Industria aprobar su anunciada reforma de la tarifa eléctrica.

En concreto, la disposición final undécima de la ley publicada hoy reza que el coste de producción de energía eléctrica “se determinará con arreglo a mecanismos de mercado en los términos que se desarrollen reglamentariamente”.
Buenos días.

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