El BOE de hoy recoge la licitación de la concesión de obra pública para diseñar, construir, mantener y explotar la Ciudad de la Justicia. En total, la cantidad máxima que la Comunidad de Madrid prevé pagar a la empresa que resulte elegida es de 1.752,6 millones de euros (IVA incluido).

Las compañías que deseen postularse y que cumplan los requisitos previos, como sumar un volumen de negocio superior a 100 millones anuales, tienen hasta el 1 de abril para presentar sus propuestas. El adjudicatario será elegido teniendo en cuenta, a partes iguales, criterios técnicos y económicos.

La concesión de obra pública, un sistema que se ha utilizado también en otros países pero ante el que existen dudas sobre su rentabilidad para las arcas públicas, consiste en que la administración encarga las obras a una empresa, que será la encargada no solo de construir las edificaciones, sino también de su mantenimiento y gestión durante los años que dure el contrato. A cambio, recibe un canon anual. Finalizado el plazo de concesión, la obra pasa a ser propiedad de la administración pública correspondiente. En este caso, de la Comunidad de Madrid.

Pero para eso tendremos que esperar, como mínimo, hasta 2045. El contrato, de 30 años de duración, establece cantidades máximas anuales que se incrementan un 2% en cada ejercicio y que arrancan una vez finalizadas las obras, a mediados de 2019. Para ese primer año de pagos, la cuota máxima establecida en los pliegos es de 26 millones (ya que no se trata de una anualidad completa). En 2020, esa cifra ya se establece en 52,5 millones, que van creciendo hasta llegar a los 84,5 marcados como máximos en 2044. En 2045, la previsión es que la Comunidad de Madrid liquide la deuda con un importe máximo final de 42,8 millones.

Esas cantidades máximas pueden verse mermadas por deducciones por fallos de servicio y de calidad. Además, las cláusulas establecen sanciones leves (que un empleado falte el respeto al público, por ejemplo) de hasta 50.000 euros y graves (interrupción de las obras sin causa justificada o esquivar la obligación de información a la Comunidad de Madrid) de hasta 75.ooo euros -por día, si se trata de comisiones continuadas.

Primera fase: las obras

La empresa adjudicataria deberá proyectar y levantar la Ciudad de la Justicia en una parcela de 176.842 metros cuadrados situada en Valdebebas. Para esas obras, se prevé que la inversión sea de unos 443 millones de euros. La Comunidad de Madrid, por su parte, aporta el suelo y las construcciones ya ejecutadas (valoradas en unos 40 millones), como el famoso donut, un edificio casi terminado destinado a albergar el Instituto de Medicina Legal. En total, la inversión de las arcas públicas es de 328,7 millones de euros.

Las obras deberán estar liquidadas, como máximo, cuatro años después de la firma del contrato, en verano de 2019. Será entonces cuando se empezará a pagar el canon a la empresa. Entre los edificios judiciales, la empresa deberá dejar libre, para disposición de la Comunidad de Madrid, una parcela.

A la construcción de edificios habría que sumar el mobiliario, también a cargo del adjudicatario, que incluye despachos y salas. El detalle de los pliegos establece, por ejemplo, la obligación de colocar un cuadro del rey en los despachos de jueces, magistrados, fiscales y secretarios judiciales, además de las banderas reglamentarias: la de España y la de la comunidad autónoma.

Segunda fase: la explotación

Una vez finalizadas las obras y puesta en marcha la Ciudad de la Justicia, la empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de su gestión durante los 26 años restantes. Las obligaciones de esta fase incluyen, como marcan las cláusulas: la limpieza y recogida de residuos; la seguridad y vigilancia; la custodia y el archivo de documentos; el mantenimiento de edificios y mobiliario; la recepción y centralita telefónica; la conservación de jardines y viales; así como el servicio de cafetería y comedor.

Además, la adjudicataria deberá poner a disposición de los empleados públicos aparcamientos gratuitos y gestionar otro aparcamiento, separado y de pago, para el público que acuda al complejo. De hecho, la empresa que resulte elegida tiene derecho a la explotación comercial de zonas complementarias, hasta un máximo de 60.715 metros cuadrados, que podrá ceder a terceros. Las únicas obligaciones mínimas pasan por contar con servicios de restauración, entidades bancarias, de correos, reprografía, estanco y farmacia.

Los beneficios de esas cesiones irán a la empresa elegida, que tiene derecho al equilibrio económico del contrato, como ocurre en todos los contratos de concesión de obra pública, esto es, a que el contrato se mantenga rentable.

Buenos días.

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