El BOE de hoy recoge dos resoluciones del Tribunal Supremo en las que emplaza a los interesados a personarse en los recursos interpuestos por el Ayuntamiento de San Sebastián y el de Ciempozuelos (Madrid) contra el veto del Gobierno a sus consultas populares sobre los toros.

San Sebastián planteó la celebración de una consulta entre sus vecinos sobre el destino de recursos municipales o instalaciones para la realización de corridas de toros. Ciempozuelos, por su parte, quería preguntarles sobre la organización -o no- de festejos taurinos en el municipio. El Consejo de Ministros negó la autorización a ambas iniciativas en su reunión del pasado 3 de marzo.

Ambos consistorios han decidido llevar esta decisión al Supremo. El alcalde de San Sebastián lo anunció el día del veto y el Ayuntamiento de Ciempozuelos aprobó en pleno presentar este recurso.

El artículo 71 de la Ley de Bases del Régimen Local establece que “los alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local”. Así, ambos ayuntamientos deberán demostrar ante el Supremo que se trata de consultas sobre un asunto de su competencia y que no afectan a las haciendas locales.

El Gobierno es quien debe autorizar, o no, una consulta popular. En lo que llevamos de 2017, ha vetado estas dos relativas a las corridas de toros que están ahora en manos del Supremo y la que pretendía realizar el Ayuntamiento de Fuencaliente de la Palma (Santa Cruz de Tenerife) sobre la realización de un proyecto de balneario. En ese caso, el Consejo de Ministros estableció que la competencia sobre aguas termales no es local, sino de la comunidad autónoma.

En paralelo, durante 2017 ha autorizado dos consultas populares. Así, el Consejo de Ministros dio el visto bueno a que el Ayuntamiento de Silleda (Pontevedra) preguntara a sus vecinos sobre el traslado de la casa consistorial; y el Ayuntamiento de Fuente de Pedro Naharro (Cuenca) lo hiciera sobre el cambio de fechas de las fiestas patronales.

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