Los síndicos electorales renunciaron "dejando previamente sin efecto las resoluciones y acuerdos adoptados"
En sus documentos de renuncia, los siete miembros de la Sindicatura Electoral de Catalunya y la presidenta de la de Arán utilizaron esa expresión, exigida por el Constitucional para frenar las multas.
El BOE de hoy recoge una providencia del Tribunal Constitucional (TC) en la que informa ahora de la presentación de renuncias por los síndicos elegidos por el Govern para supervisar el referéndum: los siete que forman la Sindicatura Electoral de Catalunya y los 15, tres por cada sindicatura, de Arán, Barcelona, Girona, Tarragona y Lleida.
En ellas, los siete miembros de la Sindicatura Electoral de Catalunya y la presidenta de la de Arán manifiestaron su renuncia al cargo “dejando previamente sin efecto las resoluciones y acuerdos adoptados”. El resto indicaron en sus documentos que no ha habían adoptado “ninguna resolución ni acuerdo a excepción de la propia constitución de la sindicatura de demarcación que queda sin efecto”. Cumplen así con las exigencias del Constitucional.
Todos ellos respondían así a un auto publicado el pasado viernes en el que se les imponía multas de 12.000 (para los miembros de la Sindicatura Electoral de Catalunya) y 6.000 (para las demarcaciones) euros diarios a contar desde el sábado. *Ese mismo viernes, según informaron varios medios, se presentaron las renuncias ante el Constitucional, que hoy las ha comunicado vía BOE. Así, si el TC así lo decide, habrán evitado las sanciones.
Y es que, para frenar las multas diarias, el TC exigía que justificaran la renuncia al cargo “previa revocación de todas las resoluciones y acuerdos adoptados y tras haber comunicado a los mismos destinatarios de las resoluciones y acuerdos, que estos han quedado sin efecto”.
Fue el propio Govern el que, según se publicó entonces, les instó a dejar el cargo, agradeciéndoles los servicios prestados. Unos servicios que, según sus renuncias, han dejado sin efecto.
El Constitucional, en otro auto, impuso también una multa diaria de 12.000 euros a Josep Maria Jové i Lladó, Secretario general de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda; y otra de 6.000 euros diarios a Montserrat Vidal i Roca, jefa del área de procesos electorales y consultas populares. En este caso, están vinculadas al cumplimiento de la suspensión del decreto de desarrollo del referéndum y estarán vigentes hasta que clausuren las webs vinculadas y dejen de colaborar para su celebración. El mismo día de su publicación, el Govern cesó a Jové, esperando evitar la aplicación de la multa.
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