El BOE de hoy recoge un auto del Tribunal Constitucional (TC) en el que levanta, “desde su momento inicial”, las multas diarias impuestas a Josep Maria Jové, ex secretario general de la Conselleria de Economía y Hacienda de la Generalitat; y Montserrat Vidal, exjefa del Área de Procesos Electorales por su presunta participación en la organización del referéndum. Así, ninguno de los dos tendrá que pagar estas sanciones, de 12.000 euros diarios para el primero y 6.000 para la segunda.

Las multas fueron impuestas por un auto del 21 de septiembre y se publicaron el 22 en el BOE. Ese mismo día, el Govern cesó a Jové, que había sido detenido por su presunta participación en la organización del referéndum. La sanción diaria empezaba a correr el 23, al día siguiente de su publicación, y la Generalitat quería evitar así que las multas aplicaran.

Según el auto en el que se impusieron, la única forma de evitar las sanciones era justificar ante el TC, de forma individual, que: habían revocado las resoluciones dictadas para poner en marcha el referéndum, clausurado el contenido de la página web ref1oct.eu y dejado de colaborar en la organización del referéndum. El Constitucional habría decidido que estas condiciones se cumplían desde el día de la imposición de las multas, por lo que no se aplica ninguna sanción.

En la ronda esas fechas también se impusieron sanciones a los miembros de la Sindicatura Electoral. Pocos días después, los síndicos renunciaron “dejando previamente sin efecto las resoluciones y acuerdos adoptados”, una exigencia del TC para poder suspender la ejecución del castigo.

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