El Gobierno justifica el uso del Decreto-Ley que blinda al sector del taxi porque el aumento de las licencias de Uber y Cabify "no pudo ser previsto"
Usa este argumento pese a que en noviembre de 2015 ya reguló el límite de licencias VTC con el mismo texto, pero en un decreto. Ahora lo vuelve a incluir, en una norma de rango superior, por si el Supremo tumba la primera reforma.
El BOE de hoy recoge el Decreto-Ley aprobado ayer en Consejo de Ministros que modifica la Ley de ordenación de los transportes terrestres y que blinda al sector del taxi ante una posible sentencia del Tribunal Supremo contra la normativa vigente, que limita a 1 licencia de vehículo de alquiler con conductor (los VTC, con servicios como Uber o Cabify) por cada 30 taxis.
La norma es exactamente igual que la que se aprobó en noviembre de 2015 y sigue vigente a día de hoy, pero con una diferencia de forma que, en este caso, es fundamental: mientras entonces se impusieron esos límites modificando el Reglamento de la Ley vía decreto, ahora el Gobierno lo hace modificando la propia Ley, vía decreto-ley, un ascenso en el rango normativo que podría frenar -o, al menos, retrasar- que los tribunales tumbaran la reforma.
Así, este Decreto-Ley se ha aprobado, de urgencia, a pocos días de que el Tribunal Supremo se posicione sobre la anterior, la de 2015, recurrida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El decreto-ley es un mecanismo para aprobar normas con rango de ley por la vía rápida, sin pasar el trámite de debate y enmiendas en Las Cortes. Más tarde, el Congreso deberá convalidar -o no- la norma, pero sin posibilidad de modificaciones y una vez ya ha entrado en vigor (en este caso, lo hace mañana). Para poder usarlo, es necesario justificar la “extraordinaria y urgente necesidad” de lo aprobado. De hecho, el Tribunal Constitucional ha tumbado en los últimos años varios decretos-ley por esta misma cuestión: la urgencia no estaba acreditada de forma suficiente.
En el propio texto, el Gobierno asegura que su uso en este caso “representa un instrumento constitucionalmente lícito” para “subvenir a un situación concreta, dentro de los objetivos gubernamentales, que por razones difíciles de prever requiere una acción normativa inmediata”. Y esas razones no son, al menos no en el documento, la inminente sentencia del Supremo, que no se nombra ni siquiera de forma indirecta. La exposición de motivos establece que la urgencia viene porque “se está produciendo un incremento exponencial del número de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, que no pudo ser inicialmente previsto por las Administraciones competentes”, pese a que hace casi año y medio se legisló de forma idéntica.
La introducción también reitera, eso sí, y hasta en dos ocasiones, que se aprueba para dotar a esta reforma de una “norma de rango adecuado”. Además, asegura que la situación actual no solo genera “conflicto” entre ambos sectores, el del taxi y los VTC, sino que “amenaza con tener repercusiones sobre los usuarios”.
Gobierno vs. CNMC
**La CNMC opina justo lo contrario. En su recurso ante el Supremo contra la reforma de 2015 -y, por tanto, que aplicaría a la actual, en tanto que idénticas- asegura que las barreras impuestas a servicios como Uber o Cabify “carecen de justificación, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, afectan negativamente a la innovación y, por tanto, reducen el bienestar general”.
Y no carga solo contra el ratio 1/30, sino también contra otra obligación impuestas entonces y que se repite, calcada, en el Decreto-Ley publicado hoy en el BOE, como el hecho de que los VTC no puedan ofrecer más de un 20% de sus servicios en territorios distintos de la comunidad autónoma en la que estén registrados.
En la rueda de prensa del Consejo de Ministros de ayer, tras la aprobación de este Decreto-Ley, el Ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, aseguró que, en toda España, hay 64.217 licencias de taxi y 7.058 licencias de VTC, lo que supondría ya a día de hoy un ratio superior al 1/10. Eso significa que el nuevo ratio 1/30 es, en la práctica, un freno total a la concesión de nuevos permisos para plataformas como Uber o Cabify.
Si el Supremo tumba la reforma de 2015, el Decreto-Ley de hoy seguirá vigente y, por tanto, la sentencia no tendría efectos prácticos. Pero no parece que la llamada guerra del taxi acabe aquí y es muy probable que la norma que hoy recoge el BOE también acabe en los tribunales.
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