La Junta Electoral Central (JEC) ha publicado esta mañana un acuerdo por el que rechaza la petición de un funcionario que quería borrar el rastro de su participación en las elecciones de 2015 como miembro de una lista electoral. Lo hizo a través de la empresa Eliminalia, una de las compañías que se dedica a intentar borrar la huella de personas y empresas de la red.

Eliminalia es una de las compañías de Dídac Sánchez. Sus servicios pasan, aseguran, por limpiar el rastro del pasado de personas y compañías. Civio ha recibido de esta empresa peticiones para retirar información de nuestra página web basadas en argumentos sin base legal. En concreto, lo hizo sobre este artículo que, por supuesto, sigue publicado sin cambios.

La JEC da dos argumentos: el primero, contundente: no tienen competencias para borrar algo publicado en el BOE -como son las listas electorales- ni para pedir la eliminación de datos de buscadores como Google. El segundo argumento se limita a citar una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos que recuerda la jurisprudencia sobre el tema y aclara que la participación en unas listas electorales forma parte de la esfera pública.

Así, la resolución argumenta que la protección de datos personales se aplica a los datos básicos y potencialmente sensibles de una persona pero que “es obvio” que eso no aplica a la participación en la vida pública cuando se forma parte de una lista electoral, un aspecto esencialmente público (con la excepción, claro, del secreto al voto). En el momento en el que formas parte de una lista electoral, en este caso del PP en un pueblo de Guipúzcoa, esa decisión pasa a la esfera pública.

Cuando la JEC ha publicado la resolución, esta mañana, incluía el nombre del funcionario y el de la empresa que le representa en esta petición, Eliminalia. Unas horas después, ambos nombres han sido borrados del documento.

La pugna entre la protección de datos y el derecho al olvido, por un lado; y la información pública y el periodismo, por otra, tiene muchos frentes. Este es solo uno de ellos. Una de las últimas sentencias del Constitucional sobre el tema ordena a un medio de comunicación a restringir la búsqueda en su hemeroteca para ocultar una noticia de los 80 sobre una redada de drogas.

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