Actualización a 24/06/2021: una orden prorrogó cuatro meses más dos de las medidas temporales de este decreto ley: por un lado, la validez de los carnés de conducir británicos, que seguirá sirviendo para conducir en España hasta el 31 de octubre; por el otro, el derecho de los gibraltareños a acceder a asistencia sanitaria española, hasta la misma fecha.

El BOE de hoy recoge un Decreto Ley que establece cómo serán las relaciones entre España y Reino Unido tras la efectiva salida del país de la Unión Europea el 31 de diciembre de 2020. Así, recoge una serie de normas temporales para aspectos como el reconocimiento de títulos, el acceso a sanidad o hasta la validez de los permisos de conducir para ciudadanos británicos en España.

Todas estas normas entrarán en vigor el 1 de enero siempre que no se firmen acuerdos con Reino Unido -ya sean de forma bilateral o con la Unión Europea- que regulen de forma específica estas cuestiones. Esto es: si hay acuerdo, prevalecerá lo que ahí se dicte sobre este Decreto Ley. Además, la gran mayoría de estas medidas, que prevén plazos extra para mantener derechos de ciudadanos europeos a los británicos, dependen de la reciprocidad: si Reino Unido no mantiene también esos derechos a ciudadanos españoles, se anularán.

En paralelo, incluye, en una disposición adicional, la prórroga del actual Salario Mínimo Interprofesional de 950 euros al mes para 2021. Así, no subirá con el arranque de año, al menos por el momento, a la espera de llegar a un acuerdo en los próximos meses con sindicatos y patronal.

Funcionarios, formación y contratos públicos

Los ciudadanos británicos que estén trabajando en un puesto que requiera nacionalidad en un país europeo, también funcionarios o personal laboral, podrán seguir haciéndolo en las mismas condiciones. También aquellos que se presenten a pruebas de acceso convocadas antes del 1 de enero.

En cuanto a la investigación de cualquier tipo: los británicos podrán seguir haciéndolo en España como hasta ahora.

Además, los periodos trabajados en ese país se tendrán en cuenta a la hora de calcular las prestaciones por desempleo y cese de actividad, como pasa con los estados miembros, siempre que el último trabajo haya sido en España y tengan permiso de residencia.

Por otro lado, se reconocerán del mismo modo que hasta ahora, y durante cinco años, las cualificaciones profesionales o títulos formativos obtenidos en Reino Unido por ciudadanos europeos, españoles o británicos. Siempre que sean anteriores al 1 de enero o cuyos estudios arrancaron antes de esa fecha. Eso sí, en cuanto al reconocimiento de títulos, se aplicará siempre que el Reino Unido no cambie los programas formativos y, por lo tanto, dejen de cumplir los requisitos comunes europeos.

En el caso de españoles con títulos conseguidos en Reino Unido: las normas son las mismas, pero se aceptarán incluso si no hay reciprocidad en este punto.

Quienes trabajen en España de forma temporal pueden seguir haciéndolo sin necesidad de contar con permiso de residencia y trabajo, por el momento, y hasta que se acaben sus contratos. Y tanto auditores de cuentas británicos registrados en España como sociedades profesionales con sede en Reino Unido pero colegiados en España podrán seguir ejerciendo en las mismas condiciones.

Las empresas inglesas contratadas por las administraciones públicas o que se presenten a licitaciones abiertas antes del 1 de enero podrán participar en las mismas condiciones que las de aquellas de países comunitarios.

Tarjeta sanitaria, acceso a la universidad y y permiso de conducir

Por el momento, la sanidad española atenderá a los ciudadanos británicos como hasta ahora: pasando los gastos a la sanidad inglesa, siempre que tengan derecho a ella. Este punto se mantendrá, como el resto, si hay reciprocidad y Reino Unido desembolsa esos gastos. Las tarjetas sanitarias de ciudadanos británicos estarán vigentes, por el momento, hasta final de junio.

Los estudiantes de Reino Unido podrán acceder a las universidades españolas en el curso 2021-2022 en las mismas condiciones que las de los países de la Unión.

El permiso de conducción inglés seguirá siendo válido en España en las mismas condiciones que hasta ahora hasta el 30 de junio. A partir de entonces, si nada cambia, se tratará como el permiso de cualquier tercer país fuera de Europa.

Buenos días.

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