El BOE de hoy recoge un decreto del Ministerio del Interior que modifica el reglamento penitenciario para permitir que las personas en prisión ejerzan algunos de sus derechos de forma online. La norma, que entra en vigor en 20 días, da tres meses más a las cárceles para que adecúen sus reglamentos internos a esta nueva normativa.

El texto permite que se pueda usar la tecnología para ejercer los derechos de los presos, entre ellos el trabajo remunerado -a través del teletrabajo-, el acceso a prestaciones públicas y la presentación de reclamaciones y quejas sobre su situación, así como el acceso a la información sobre su caso y “el ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales” que no sean incompatibles con su condena.

Eso sí, este acceso online se permitirá “en función de las capacidades materiales y técnicas de cada centro”, lo que significa que si la prisión no destina recursos a ordenadores y redes, o argumenta no poder hacerse cargo, no será posible. Además, las bibliotecas de los centros penitenciarios deberán contar con ordenadores con acceso a internet.

Otro de los derechos que permite ejercer por vía telemática es el de las comunicaciones con el exterior, lo que da vía libre a las videoconferencias con familiares o amigos. Este sistema ya se probó en algunos lugares durante el encierro por la crisis de los coronavirus.

En paralelo, la reforma mejora el número de llamadas telefónicas que pueden realizar las personas en prisión. Si hasta ahora eran un máximo de cinco a la semana, ahora ese número es el mínimo. Y se elimina el apartado que obligaba a que un funcionario estuviera presente. Eso sí, siguen siendo llamadas de un máximo de cinco minutos.

El decreto también crea el Premio Nacional Concepción Arenal, destinado a premiar a medios de comunicación o periodistas que publiquen artículos relevantes sobre prisiones.

Buenos días.

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