Las plazas de profesores ocupadas de forma temporal desde al menos 2017 se convocarán con el sistema especial que beneficia a los interinos
Las plazas ocupadas de forma temporal desde antes de 2016 se asignarán sin examen, mediante una valoración de méritos que puntúa de forma muy destacada la experiencia anterior.
El BOE de hoy recoge un decreto que aplica, en la enseñanza, las medidas para reducir la temporalidad en el empleo público aprobadas en la ley de diciembre, que afecta a todos los empleados públicos y que deriva a su vez del decreto ley de julio de 2021, que puso límite de tres años para los interinos.
La norma establece dos sistemas especiales para cubrir de forma permanente los puestos que lleven al menos desde 2017, de forma ininterrumpida, ocupados por interinos. Estos dos sistemas benefician a quienes ya ocupan esos puestos. Todas esas plazas deberán convocarse a lo largo de 2022 y estar asignadas antes de que acabe 2024.
El objetivo, según el Gobierno, es reducir la tasa de temporalidad en la educación, que ahora mismo está en el 23%, a un 8%, la cifra marcada para todo el sector público.
Un concurso-oposición más beneficioso para los interinos
El primer sistema es un concurso-oposición muy similar a la vía de acceso general, la que se convoca para nuevas plazas o sustitución, por ejemplo, en caso de jubilación, pero con algunas características especiales que favorecen a los interinos que ya ocupan esos puestos. Es el sistema que se deberá usar a partir de mañana, fecha de su entrada en vigor, para cubrir puestos que hayan estado ocupados por interinos, de forma ininterrumpida, desde al menos 2017 (si lo están desde 2015 se usará el sistema que explicamos en el siguiente apartado).
Consistirá en dos fases: el examen (la oposición) y la valoración de méritos (el concurso). La primera tendrá algo más de peso sobre la nota global que en el régimen general (un 60% versus 2/3). Además, los participantes tendrán un tema más entre los que elegir, y no será obligatorio hacer un ejercicio práctico, excepto en especialidades muy técnicas en las que así se requiera. De las dos partes de esta primera fase, el examen y la presentación oral de una unidad didáctica, saldrá la nota, que tiene que ser mínimo de cinco sobre diez. Pero, al contrario que en las oposiciones habituales, no será necesario superar esas dos partes.
Cómo se valora la experiencia como docente también cambia. Solo se sumarán, como tope, diez años dando clase. Así es el criterio de los dos sistemas especiales: 0,7 por cada año en centros públicos de la misma especialidad y el mismo cuerpo; 0,35 por cada año en otra especialidad pero mismo cuerpo, en centros públicos; 0,125 por otra especialidad y cuerpo en centros públicos; y 0,1 por año en centros privados.
Las reglas del concurso también son distintas a las de las convocatorias generales, porque dan más peso a la experiencia previa, premiando así a quienes ya ocupan esos puestos de forma temporal. Así, de los 10 puntos posibles, 7 pueden ser por trabajos anteriores, dos por formación académica y 1 por otros méritos, un apartado que incluye 0,75 puntos si se han presentado antes a esa oposición. Las oposiciones normales, en cambio, valoran la experiencia docente con hasta un máximo de cinco puntos sobre 12.
Una valoración de méritos, sin examen, para quienes lleven más años
El otro sistema especial es más radical: no hay examen, solo una valoración de méritos. Cada administración hará una única convocatoria para todas las plazas que lleven de forma ininterrumpida ocupadas por interinos desde antes de 2016.
En este caso, se valorarán, con un máximo de 15 puntos en total: la experiencia docente previa, con los mismos baremos que en el sistema anterior y dando hasta 7 puntos del total; la formación académica, con un máximo de 3 puntos; y otros méritos, con cinco, 2,5 si se ha aprobado una oposición anterior y los cinco totales si dos oposiciones.
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