El salario mínimo sube a 1.080 euros
Aunque la norma entra en vigor mañana, se aplicará de forma retroactiva desde el 1 de enero. Supone un 8% más que el aprobado hace un año.
El BOE recoge hoy el decreto que marca el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Aunque la norma entra en vigor mañana, se aplicará de forma retroactiva desde el 1 de enero. Con ochenta euros más con respecto a los 1.000 de la subida de hace un año, queda en 1.080 euros brutos mensuales. También ascienden, en el mismo porcentaje, un 8%, los salarios mínimos por día, el mínimo anual a 14 pagas, el de jornada (el mínimo a pagar a temporeros que trabajen menos de 120 días en la misma empresa) y el mínimo por hora de las empleadas del hogar.
Evolución del salario mínimo
TIPO | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
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Dia | 23,59 | 24,53 | 30 | 31,66 | 32,17 | 33,33 | 36 |
Mes | 707,70 | 735,9 | 900 | 950 | 965 | 1.000 | 1.080 |
Año | 9.907,80 | 10.302,6 | 12.600 | 13.300 | 13.510 | 14.000 | 15.120 |
Jornada | 33,51 | 34,85 | 42,62 | 44,99 | 45,70 | 47,36 | 51,15 |
Hora | 5,54 | 5,76 | 7,04 | 7,43 | 7,55 | 7,82 | 8,45 |
En total, desde los 735,9 euros en los que estaba en 2018, con el Gobierno de Rajoy, el salario mínimo ha subido casi un 47% o, lo que es lo mismo, 344 euros más al mes y más de 4.817 al año. El mínimo por hora de las empleadas del hogar, por su parte, ha ascendido, en estos cinco años, 2,7 euros.
La subida afecta a todas aquellas personas que no alcancen estos mínimos pero no a las normas o convenios que usen el SMI como referencia para sus cálculos y que cobren sueldos superiores en total sumando otras variables. Esto es: quienes no lleguen a esos 15.120 euros en cómputo anual notarán el aumento, pero el resto no.
Tampoco se tendrá en cuenta en los contratos y pactos privados no laborales en los que se use este indicador como referencia, siempre que la retribución total anual supere el SMI en 14 pagas.
Por otro lado, también excluye de su aplicación, como en las subidas anteriores y excepto que los responsables en cada caso aprueben lo contrario, a las normas autonómicas y locales vigentes que usen este referente para calcular la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas ayudas, beneficios o servicios públicos. Las normas estatales sí estarán afectadas, lo que significa que se usará el nuevo SMI, superior, para calcular los umbrales de acceso a los servicios o ayudas que otorgue el Estado.
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