A finales de 2022 había más de 11.000 solicitudes de nacionalidad española por residencia que llevaban, al menos, cinco años en manos del Ministerio de Justicia a la espera de ser resueltas. Sumadas a la pila de solicitudes más recientes, el número de expedientes pendientes sobrepasaba los 276.000. En la mayoría de los casos ocurre lo mismo: los plazos superan, por mucho, el máximo de un año que exige la ley para que la administración conteste. Una de las caras detrás de las cifras es Teodosia, de nacionalidad venezolana, que lleva viviendo en España desde 2016. Se animó a solicitar la nacionalidad española en octubre del 2021, tras pasar más de los dos años obligatorios de residencia en el país para las personas provenientes de iberoamérica. 17 meses después, acaba de conseguir la nacionalidad. “De media, tardan entre un año y medio o dos años en resolverlo”, explica Andrés Graffe, abogado de extranjería en Deaboga.

Si no eres deportista de élite, empresario o artista migrante es muy probable que no puedas acceder a la vía rápida para conseguir la nacionalidad española por decreto y ahorrarte todos estos problemas: conseguir una carta de naturaleza. Y el proceso para el resto de mortales es largo y complejo. De hecho, casi un centenar de expedientes seguían pendientes de respuesta a finales del 2022 una década después de su solicitud. Si tenemos en cuenta el plazo de un año que marca la ley, sabemos que más de 100.000 expedientes, todos en los que la solicitud se presentó antes de 2022, estaban fuera de plazo.

El problema con los expedientes de nacionalidad por residencia viene de lejos. Ya en 2018, el montante de solicitudes pendientes era incluso superior, de más de 355.000. De hecho, un informe del Tribunal de Cuentas, sobre ese año, señala que el “escasísimo porcentaje de expedientes resueltos a finales de 2018 hace suponer que cuando finalmente se resuelvan los expedientes pendientes, prácticamente el 100 % de ellos lo habrán [sic] hecho fuera del plazo establecido, salvo que se incumpla el criterio de despacho por orden de entrada”, es decir, que se resuelvan en el mismo orden que se hayan solicitado.

Además, analiza los diversos intentos del Ministerio por desatascar la situación. Lo intentaron con una colaboración con el Colegio de Registradores que se prolongó durante varios años, por ejemplo. También con varios planes de choque en los que ampliaban plantilla-los más recientes en 2021 y 2022-, e incluso, con pagos a unos 25 funcionarios para que resolvieran expedientes en su tiempo libre. En la actualidad, se está poniendo en marcha un sistema informático que, como cuenta El País -el medio que ha podido acceder de forma exclusiva a esta nueva forma de trabajo- puede “verificar de forma automática y a toda velocidad datos y documentos de los expedientes que antes tenía que comprobar un funcionario”. Un nuevo intento por deshacer el atasco.

Según explicó la ministra de Justicia, Pilar Llop, en el Congreso, desde principios de este año hasta el 7 de marzo este programa había conseguido resolver más de 100.000 expedientes, un 70% de ellos concediendo la nacionalidad. “Sí que empezamos a ver que hay un mayor flujo de resoluciones”, explica el abogado Vicente Marín, de Parainmigrantes. No obstante, varios abogados comentan el desorden a la hora de gestionar los expedientes. “Tenemos casos resueltos del segundo semestre de 2022 que lo resolvieron incluso antes que algunos que teníamos del 2020”, cuenta Graffe, y añade: “Hay personas que obviamente se sienten afortunadas porque a los seis meses ya tienen una respuesta pero también causan mucho malestar en en muchas personas porque dicen ‘oye, yo estaba esperando dos años y a esta persona le salió en seis meses’”.

Una alternativa a esperar años a que la administración te dé una respuesta es interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. “A día de hoy es el medio más efectivo para presionar al Ministerio de Justicia y que decidan lo más rápido posible”, dice Graffe. Los datos más recientes, de julio de 2019, afirmaban que en esos primeros meses del año se habían presentado más de 7.000 recursos por silencio administrativo, que es cuando la administración no responde en plazo. El año anterior, más de 2.500. “El alto número de resoluciones por silencio recurridas en vía contenciosa pone de manifiesto el incumplimiento por la DGRN [Dirección General de los Registros y del Notariado] de su obligación de resolver, con el consiguiente traslado a los tribunales, con perjuicio económico para los interesados, de la tarea de decidir sobre la concesión o denegación de la nacionalidad”, critica en su informe el Tribunal de Cuentas.

La barrera burocrática digital

Desde 2015, además, solicitar la nacionalidad para quienes cumplan los requisitos -residencia continuada, inexistencia de antecedentes y demostrar integración- es un proceso que puede hacerse de forma digital. Algunas organizaciones sociales, por ejemplo, ayudan y orientan a los solicitantes a la hora de realizar el trámite burocrático, ya que, si no estás capacitado para hacerlo por tu cuenta, tendrás que recurrir a un abogado. Si no, siempre puedes presentar todo el papeleo de forma física en una ventanilla única o Registro Civil, aunque algunos lo desaconsejan: “Eso no es lo recomendable porque luego lleva un proceso más tedioso para la administración y, por lo tanto, con más retrasos”, cuenta Marín, y añade: “Los expedientes por registro público han tardado en resolverse mucho más tiempo que los que presentamos por vía telemática”.

Aunque la digital no es la única barrera para conseguir la nacionalidad por residencia. Solo para solicitarla hay que pagar más de 100 euros en tasas. Y, la forma de demostrar la integración en la cultura española también tiene precio: hay que pagar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) y, para aquellos que no tengan el español como lengua madre, también el examen de español como idioma extranjero (DELE). Teodosia, que recurrió a un abogado para presentar su solicitud y cuyo idioma materno es el español lo cuenta: “El abogado con tasas me costó 350 euros y, por entonces, yo pagué 85 euros por el examen”. Antes de 2015, no había que pagar ninguna tasa para presentar la solicitud, y el Tribunal de Cuentas señala que no ha habido mejoras significativas en la administración para esta gestión, aunque entre 2015 y 2018 se hayan recaudado 24,7 millones de euros solo con ese impuesto.

Un tercio de las denegaciones recurridas acabaron en concesiones de nacionalidad

Si te han denegado la nacionalidad por residencia y lo recurres, es probable que te la terminen concediendo. Entre 2010 y 2022, de media, un tercio de las denegaciones que fueron recurridas al Ministerio, paso previo a ir a los tribunales, terminaron en concesión de la nacionalidad española. Otra de las circunstancias que descubre el informe del Tribunal de Cuentas es que, cuando se firmaron los acuerdos con el Colegio de Registradores para que resolvieran expedientes, estos colaboradores denegaban muchas más nacionalidades que el propio Ministerio de Justicia, tanto que entre 2004 y 2018 denegaron tres veces más solicitudes. En 2017, viendo lo que ocurría, se acordó que el Ministerio revisaría todas las denegaciones que venían del Colegio y el 10% de las concesiones, “lo que supuso un incremento considerable de la carga de trabajo”, cita el informe.

Las razones de denegación de la nacionalidad cambiaron en 2015. Desde entonces, los exámenes son condición previa, por lo que no puedes pedirla sin haberlos aprobado antes. Así, gran parte de denegaciones por no estar integrado en la sociedad española o no saber el idioma han desaparecido. Ahora, la mayoría de razones para la denegación son, según explica Graffe, “por no tener una residencia continuada, es decir, por ausencias del territorio español y eso, básicamente, se debe a que la ley no establece qué es continuado”. Sobre este supuesto, la Subdirectora Adjunta de Nacionalidad y Estado Civil, María del Mar López Álvarez, hablaba de que los plazos máximos de ausencia eran de tres meses para aquellos casos donde la residencia continuada en España es de dos años, y de seis meses para los que la residencia continuada es de diez años. A un solicitante de República Dominicana, por ejemplo, se le denegó la nacionalidad por estar cinco meses fuera de España en los dos años anteriores a la apertura de expediente.

Otro de los supuestos por el que deniegan una solicitud es por “la falta de buena conducta cívica”, aunque, como cuenta Graffe, “lo que ha indicado la jurisprudencia es que tener una buena conducta cívica no es sinónimo de carecer de antecedentes penales. Yo podría no tener antecedentes penales e igual tener una mala conducta cívica”. Conducir ebrio, para un solicitante, fue causa de una denegación de la nacionalidad en un primer momento, aunque fue recurrida antes los tribunales y se demostró que no tenía una mala conducta cívica en general. Al final, pasó a ser apto para la jura de bandera y consiguió nacionalizarse como español. Eso sí, después de que entregara su solicitud en 2014, se la denegaran en 2017 y esperara hasta 2023 para la sentencia.

Metodología

Los datos sobre solicitudes, concesiones, denegaciones y resoluciones entre 2010 y diciembre de 2022 se han extraído del documento publicado por el Ministerio de Justicia en su página web. De ese mismo documento, de la tabla titulada ‘Expedientes pendientes de resolución por año de entrada y procedimiento’, salen los datos del gráfico sobre años de espera para las solicitudes. Hemos escogido la suma total por año, tanto si las solicitudes fueron del antiguo o del nuevo procedimiento. Puedes descargar esos datos en formato reutilizable aquí.

Gracias a ese documento también hemos podido extraer el porcentaje de concesiones por estimación de los recursos de reposición -los previos a los tribunales- comparándolo con el número de denegaciones en ese mismo periodo.

Del informe del Tribunal de Cuentas, hemos utilizado la tabla número 22 para comparar las denegaciones realizadas por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Inmuebles de España (CORPME) y las realizadas por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN). También el cuadro número 26 para conocer el número de recursos contencioso-administrativo contra resolución por silencio desde 2013 hasta julio de 2019.

El Ministerio de Justicia no ha respondido a nuestra petición de entrevista con algún responsable de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

La visualización se ha hecho con D3.js en Observable.

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