La Junta Electoral cambia de criterio y obliga a identificarse para depositar el voto por correo
Los incidentes de las pasadas municipales y autonómicas hacen que ahora sí sea necesario llevar la papeleta elegida a Correos en persona, excepto si se autoriza a alguien.
El BOE de hoy recoge una instrucción de la Junta Electoral Central (JEC) que modifica la doctrina que ha ido aplicando hasta ahora en cuanto al voto por correo. Si hasta ahora era necesario identificarse solo para pedirlo y para recoger la documentación y las papeletas, ahora será necesario también a la hora de llevar el sobre con el voto a Correos.
Lo hace, explica el texto, “para evitar cualquier duda que pueda suscitarse sobre la regularidad del procedimiento del voto por correo” en las próximas elecciones generales del 23 de julio y tras los casos de Melilla y otras localidades en los recientes comicios municipales y autonómicos.
Así, cada persona deberá llevar su voto a una oficina de Correos en persona e identificándose. Y no serán válidos aquellos sobres que se depositen en buzones. Eso sí, en caso de no poder acudir se podrá autorizar a otra persona, acompañando ese consentimiento con una fotocopia del DNI.
Fechas y procedimiento
Si no vas a estar en tu domicilio el día de las elecciones y quieres votar, puedes pedir el voto por correo hasta el 13 de julio en la web de Correos o en sus oficinas. Una vez comprobados tus datos, te enviarán las papeletas y los documentos por correo certificado a la dirección que quieras -si no estás cuando llegue el cartero, tendrás que recogerlo en Correos. En ambos casos, tendrás que identificarte con tu DNI. Lo harán entre el 3 y el 16 de julio.
Ya con la documentación y las papeletas en tu poder, podrás llevar tu voto a Correos, pero deberás hacerlo hasta el 20 de julio y presentando tu identificación. Y recuerda que si pides el voto por correspondencia ya no podrás votar en tu mesa el día de las elecciones.
En la misma reunión, la JEC ha decidido instar a las juntas de zona a que, a la hora de decidir si aceptan las excusas presentadas para no participar en las mesas, valoren el hecho de que las personas elegidas hayan contratado viajes o vacaciones antes de la convocatoria de elecciones, siempre que lo documenten y que sea posible encontrar sustitutos. Aquí te contamos en detalle qué excusas se tienen en cuenta y cómo.
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