La subida del salario mínimo ya es oficial: 1.134 euros al mes a aplicar desde el pasado 1 de enero
La cifra mínima anual es de 15.876, en 14 pagas. Como en otros años, no afecta a quienes, en total, reciban salarios que superen esa cantidad.
El BOE de hoy recoge el decreto que sube el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de los 1.080 euros actuales a 1.134 euros al mes, en 14 pagas. Esto es, 15.876 euros al año. O, lo que es lo mismo, una subida del 5%. También ascienden, en el mismo porcentaje, los salarios mínimos por día, el de jornada (el mínimo a pagar a temporeros que trabajen menos de 120 días en la misma empresa) y el mínimo por hora de las empleadas del hogar. La norma se aplicará de forma retroactiva desde el 1 de enero.
Evolución del salario mínimo
TIPO | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Dia | 24,53 | 30 | 31,66 | 32,17 | 33,33 | 36 | 37,8 |
Mes | 735,9 | 900 | 950 | 965 | 1.000 | 1.080 | 1.134 |
Año (en 14 pagas) | 10.302,6 | 12.600 | 13.300 | 13.510 | 14.000 | 15.120 | 15.876 |
Jornada | 34,85 | 42,62 | 44,99 | 45,70 | 47,36 | 51,15 | 53,71 |
Hora | 5,76 | 7,04 | 7,43 | 7,55 | 7,82 | 8,45 | 8,87 |
En total, desde los 735,9 euros en los que estaba en 2018, con el Gobierno de Rajoy, el salario mínimo ha subido casi 400 euros más al mes y unos 5.500 al año. El mínimo por hora de las empleadas del hogar, por su parte, ha crecido, en estos seis años, más de tres euros.
La subida afecta a todas aquellas personas que no alcancen estos mínimos pero no a las normas o convenios que usen el SMI como referencia para sus cálculos y que cobren sueldos superiores en total sumando otras variables. Esto es: quienes no lleguen a esos 15.876 euros en cómputo anual notarán el aumento, pero el resto no.
Tampoco se tendrá en cuenta en los contratos y pactos privados no laborales en los que se use este indicador como referencia, siempre que la retribución total anual supere el SMI en 14 pagas.
Por otro lado, también excluye de su aplicación, como en las subidas anteriores y excepto que los responsables en cada caso aprueben lo contrario, a las normas autonómicas y locales vigentes que usen este referente para calcular la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas ayudas, beneficios o servicios públicos. Las normas estatales sí estarán afectadas, lo que significa que se usará el nuevo SMI, superior, para calcular los umbrales de acceso a los servicios o ayudas que otorgue el Estado.
Aumento a la misma cuantía de los ingresos por trabajo exentos de retención de IRPF
En paralelo, el BOE de hoy también recoge un decreto que aumenta a esa misma cantidad, 15.876 euros anuales, las rentas del trabajo exentas de practicar retenciones de IRPF en algunos casos, pudiendo llegar esta cifra a 19.262 euros según las circunstancias personales.
Esta medida deberá acompañarse con una modificación con rango de ley (el plan es que entre en la de Presupuestos Generales del Estado) que también aumente el umbral que marca quienes tienen obligación o no de presentar la declaración de la renta.
Buenos días.
Déjanos decirte algo…
En esta información, y en todo lo que puedes leer en Civio.es, ponemos todo el conocimiento acumulado de años investigando lo público, lo que nos afecta a todos y todas. Desde la sociedad civil, 100% independientes y sin ánimo de lucro. Sin escatimar en tiempo ni esfuerzo. Solo porque alguien tiene que hacerlo.
Si podemos informar así, y que cualquiera pueda acceder sin coste, sin barreras y sin anunciantes es porque detrás de Civio hay personas comprometidas con el periodismo útil, vigilante y al servicio de la sociedad en que creemos, y que nos gustaría seguir haciendo. Pero, para eso, necesitamos más personas comprometidas que nos lean. Necesitamos socios y socias. Únete hoy a un proyecto del que sentir orgullo.
Podrás deducirte hasta un 80% de tu aportación y cancelar cuando quieras.
¿Aún no es el momento? Apúntate a nuestro boletín gratuito.