El BOE de hoy recoge un decreto ley que rebaja las exigencias para elegir a los y las consejeras de administración de RTVE, da más peso al Congreso frente al Senado y otorga más poderes al presidente o presidenta, entre otras medidas.

El Consejo de administración de RTVE pasa de los 10 miembros actuales, seis elegidos por el Congreso y 4 por el Senado, a 15 miembros, 11 de ellos nombrados por la Cámara baja. Así, además de crecer en números absolutos, el peso relativo de los elegidos por el Congreso sobre el total aumenta y supera los dos tercios. Y el poder del PP, con mayoría absoluta en el Senado, se rebaja.

Además, el decreto ley rebaja las exigencias para la elección de los miembros de ese Consejo de administración y crea un sistema de desbloqueo: cada cámara deberá elegir a sus consejeros con una mayoría de dos tercios, como hasta ahora. Pero, si en 48 horas no lo consiguen, podrán aprobar su nombramiento por mayoría absoluta. Las mismas reglas se aplicarán en la elección del presidente o presidenta: dos tercios y, si no, en 48 horas puede ser elegido o elegida por mayoría absoluta.

Si, aún así, no se nombrarán consejeros o presidente o presidenta, el Gobierno podrá proponer un administrador provisional único, elegido con la misma fórmula (mayoría de dos tercios y, si no, absoluta), con un mandato de tres meses prorrogable hasta que lleguen los nombramientos definitivos y, eso sí, con las mismas competencias que el consejo de administración y la presidencia.

No es la primera vez que se aprueba este sistema de desbloqueo en RTVE, que ha estado vigente en anteriores reformas de la norma. De hecho, es exactamente la misma fórmula que se aprobó en otro decreto ley, este de 2018, para nombrar a los consejeros provisionales antes del cambio de modelo de la empresa de radiotelevisión pública. Lo que hace este decreto ley es convertir ese sistema de desbloqueo provisional, ante una coyuntura concreta, en el sistema permanente de nombramiento de los miembros del Consejo de administración, cambiando la ley que lo regula.

La norma, que entra en vigor mañana jueves 24 de octubre, da 15 días a ambas cámaras para poner en marcha el proceso de selección. Y otros 15 días desde que arranque ese proceso hasta la elección de los nuevos consejeros y consejeras. Así, en un máximo de un mes, el nuevo Consejo debería estar elegido.

Y además establece que, si una de las dos cámaras no consigue nombrar a sus miembros en ese tiempo, el Consejo se renovará parcialmente con el resto, siempre que supongan al menos dos tercios del total. Traducido: si el Senado no elige a sus cuatro representantes, el Congreso podrá nombrar a sus 11 consejeros de todas formas.

Los actuales miembros del Consejo solo podrán realizar labores ordinarias hasta que lleguen los nuevos consejeros y consejeras.

Dedicación exclusiva de los consejeros

Otra de las novedades más relevantes está en que los consejeros y consejeras, ahora sí, trabajarán solo para RTVE. Hasta ahora, solo el presidente tenía consideración de alto cargo en cuanto a sueldo, régimen de incompatibilidades y dedicación exclusiva. Con esta reforma, estas mismas reglas regularán el trabajo de todo el Consejo.

Así, los consejeros y consejeras pasarán de cobrar solo dietas a sueldo de alto cargo, se dedicarán solo a su trabajo en RTVE y no tendrán solo el régimen de incompatibilidades de la legislación mercantil, sino el que se establece para cualquier alto cargo, muchísimo más estricto.

La normativa no modifica el artículo 14, que es el que regula los requisitos para formar parte del Consejo de administración, y que se mantiene igual: se exige “suficiente cualificación y experiencia profesional”, sin detallar baremos concretos, y presencia equilibrada de hombres y mujeres, como hasta ahora.

El Consejo de administración de RTVE ya no se renovará de forma parcial cada tres años, sino de forma completa cada seis. Además, gracias a esta reforma, sus miembros podrán volver a ser elegidos para un segundo mandato, de otros seis años, algo que no estaba permitido en la ley actual.

Más poder ejecutivo para la presidencia

El decreto ley también modifica las competencias de ambos órganos, dando más poder al nuevo presidente o presidenta frente al Consejo de administración. Así, la persona elegida ya no propondrá al Consejo para su votación los nombramientos y ceses de directivos, ni la organización básica de la radiotelevisión pública, sino que los aprobará directamente. Además, pasa a tener la competencia de conferir y revocar poderes.

Hasta ahora, el Consejo era el encargado de decidir qué acuerdos, contratos y convenios necesitaban su aprobación para firmarse. Eso seguirá así, pero con límites: la nueva norma establece que solo podrá autootorgarse ese poder en contratos que estén dentro de le Ley de contratos del sector público (LCSP) y de al menos de dos millones de euros. El resto, los aprobará y firmará el nuevo presidente o presidenta.

Como hasta ahora, serán Las Cortes las que aprueben el mandato marco de ocho años, prorrogable, que servirá de hoja de ruta para el trabajo de RTVE y que derivará en contratos programa firmados cuatro años con el Gobierno. Lo que hace el decreto ley publicado hoy es especificar un proceso de aprobación de ese mandato marco: se aprobará en el Congreso por mayoría absoluta, pasará al Senado y, si proponen algún cambio o veto, volverá al Congreso, que será quien tenga la última palabra.

Buenos días.

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