El BOE de hoy publica una resolución del Ministerio de Hacienda que establece las nuevas reglas de IVA para los distintos tipos de pan. Lo hace forzado por una sentencia del Tribunal Supremo que dictó que todos los tipos de pan deben tener el mismo impuesto, al contrario de lo que ocurría hasta entonces, con algunos al 4% y otros al 10%.

Así, bajan del 10 al 4% los denominados “panes especiales”: de semillas, cereales, con leche, dulces, tostados, colines y regañás, pan de molde, rallado, pita, tortillas

La Ley del IVA establece que tiene el tipo hiperreducido, del 4%, entre otros alimentos, el “pan común”. Pero, ¿qué significa pan común? Hasta ahora, a la hora de aplicar esta definición, la administración tributaria remitía a la normativa alimentaria, que denomina así solo al que pan fresco tratado según los principios básicos. Así, quedaban fuera y, por tanto, en la categoría de “panes especiales”, todos aquellos que añadan cualquier otro ingrediente (como azúcares o cereales), preparado de otra forma (rallado, de molde…) o con la harina tratada de forma distinta (por eso, hasta que se cambió, y en la resolución de hoy también se incluye de forma específica, también estaban ahí los panes sin gluten). A todos estos tipos de pan en un principio se les aplicaba el tramo reducido, del 10%.

Pero la empresa Vandemoortele, que se dedica a la panadería y la pastelería, recurrió que a uno de sus productos se le aplicará este IVA superior. Y el caso llegó al Tribunal Supremo (TS).

En su sentencia del pasado 24 de octubre, el TS argumenta, entre otras razones, que esa distinción afecta a la libre competencia, que remite a una normativa alimentaria pero que la propia Ley del IVA no desarrolla qué es “pan común” y, lo más importante, que la normativa europea es clara: no pueden estar en tramos distintos productos similares. Y, en este caso, finaliza el Supremo, todos esos tipos de producto, se fabriquen como se fabriquen y contengan las semillas que contengan, para el consumidor son panes, sin distinción. Y compara con otro producto: todos los quesos son quesos, independientemente de si tienen algún ingrediente añadido o se fabrican de forma distinta.

Tras la sentencia, el Ministerio de Hacienda ha dictado la resolución publicada hoy, que cambia la interpretación de ese punto de la Ley del IVA y coloca todos los tipos de pan en ese 4%.

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