Ninguna comunidad autónoma está ya en emergencia de interés nacional por el apagón. El Ministerio del Interior eliminó este nivel de alerta el día 29 de abril, tras la petición de Andalucía, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia. En esas zonas duró un día.

El día 30 fue cuando las dos comunidades restantes, Extremadura y Madrid, pidieron que también finalizara en sus territorios. Así, la tarde del 30 el Ministerio del Interior desactivó este nivel de emergencia de interés nacional en esos dos últimos territorios y el Ministerio del Interior deja de liderar las labores tras el apagón.

La declaración, en ocho comunidades, el lunes del apagón

El BOE del martes recogía dos órdenes ministeriales que declaraban el nivel tres de la Ley de protección civil, la emergencia de interés nacional, en ocho comunidades autónomas y que había entrado en vigor antes, el propio lunes del apagón. Esto significaba que el Ministerio del Interior era quien gestionaba las medidas para paliar las consecuencias del apagón en esos territorios.

La primera orden, que recordaba que fue “un corte de suministro de una magnitud absolutamente excepcional y extraordinaria”, declaraba la emergencia de interés nacional en Andalucía, Extremadura, La Rioja, Madrid y Murcia. La segunda extendía esta declaración a Castilla-La Mancha, Galicia y la Comunitat Valenciana. En ambos casos, fueron las propias comunidades autónomas las que solicitaron esta medida.

Esta situación oficial de emergencia de interés nacional ha estado vigente desde que se acordó el lunes, sin necesidad de que llegara al BOE para ser efectiva, según el propio texto. Y ha finalizado con la firma del Ministerio del Interior: en Andalucía, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia el martes, un día después; en Extremadura y Madrid, el miércoles, tras dos días.

Tres niveles de emergencia de Protección civil

La Ley de protección civil y el decreto que la desarrolla establece tres niveles de emergencia: situación operativa 1 (cuando la entidad responsable puede afrontarla con recursos propios), situación operativa 2 (cuando sigue liderando la autoridad autonómica, pero recibe asistencia de otras zonas o recursos estatales, como pasó con la DANA en Valencia, que se quedó en ese nivel); y situación operativa 3 o emergencia de interés nacional, la que se declaró el lunes en esas ocho comunidades y que cedió el control de la emergencia al Gobierno estatal, en concreto, al Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska

De hecho, es el propio ministro el que tiene la potestad y firmó estas dos órdenes de emergencia de interés nacional. Según la norma, lo puede hacer por iniciativa propia, a instancia de la delegación del Gobierno de la zona o, como pasó ayer, tras la petición de las comunidades autónomas afectadas.

La ley incluye en esta categoría emergencias “en las que sea necesario prever la coordinación de diversas administraciones públicas porque afecten a varias comunidades autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico, así como las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional”.

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