
Interrumpir ruedas de prensa o sesiones, insultar o grabar sin permiso supondrán la pérdida de la credencial de prensa del Congreso
Las reformas en el reglamento de la cámara también amplían los motivos por los que un diputado o diputada puede votar de forma telemática y modifican el lenguaje del propio texto para hacerlo más inclusivo.
El BOE de hoy recoge dos reformas del Reglamento del Congreso, que incluyen: sanciones y pérdida de credencial para representantes de medios de comunicación en casos de interrupciones, insultos o grabaciones sin permiso, entre otras; un cambio de lenguaje del propio texto para que sea más inclusivo; y la ampliación de los supuestos que permiten a diputados y diputadas emitir su voto de forma telemática.
Una de las reformas establece el sistema de reglas para las personas acreditadas como periodistas y sanciones por incumplimiento de esas reglas y de la “cortesía parlamentaria” básica. Lo hace tras varias faltas de respeto e interrupciones de representantes de medios de ultraderecha.
La Mesa fijará, en tres meses, los requisitos para poderse acreditar como periodista en el Congreso. Además, establece un sistema de infracciones y sanciones. En el caso de las faltas graves y muy graves el castigo no es solo para el o la periodista acreditada, sino también para el medio, que no podrá sustituirle por otra persona mientras dure la sanción.
Las leves, como omitir información requerida para la credencial, supondrán pérdida de la acreditación hasta diez días. Las graves, como interrumpir u obstruir ruedas de prensa o acceder a zonas no permitidas, supondrán pérdida de la credencial de entre 11 días y tres meses. Las muy graves, que incluyen insultos, descalificaciones, ataques a la dignidad, grabaciones ocultas e interrupción de sesiones parlamentarias, van desde tres meses y un día a tres años sin acreditación o incluso la revocación total.
La reforma crea también un Consejo consultivo, formado por representantes de los partidos políticos y los medios de comunicación, que emitirá un informe ante cada propuesta de sanción, aunque es la Mesa la que tiene la decisión final.
Además, el texto establece que los responsables de prensa de los partidos tienen libertad para dar la palabra a quienes consideren, y en el orden que consideren, en las ruedas de prensa que convoquen.
El mismo texto incluye una ampliación de los supuestos en los que diputadas y diputados pueden votar telemáticamente, tanto en las sesiones plenarias como cuando tengan que participar en la Mesa del Congreso o en las de las comisiones. Hasta ahora, solo se permitía en casos de embarazo, maternidad o paternidad, participar en actos o sesiones de organismos internacionales, enfermedad o, de forma genérica, “situaciones excepcionales de especial gravedad”. El nuevo texto, que mantiene esta última opción para supuestos no contemplados, amplía las causas que permiten pedir la participación digital.
Por un lado, incluye entre las posibles causas para pedir el voto telemático también las adopciones y los tratamientos de reproducción asistida, y tanto los problemas de salud, accidentes, necesidades de cuidados no solo del diputado, sino de familiares de hasta segundo grado o personas dependientes. Y también en caso de fallecimiento de familiares.
La otra reforma, aprobada el mismo día, el 22 de julio, modifica el propio texto para hacerlo más inclusivo: desaparecen todas las menciones a “diputados” exclusivamente, y pasan a ser “diputados o diputadas” u otras fórmulas. Además, el Congreso de los diputados pasa a llamarse, simplemente, Congreso.
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