El Gobierno endurece el proceso para crear nuevas universidades
Una agencia de calidad acreditada deberá asegurarse de que los proyectos cumplen las condiciones y su informe, ahora sí, será vinculante.
El BOE de hoy recoge el decreto que endurece el proceso para crear nuevas universidades privadas, ante el auge de los últimos años, en los que la última palabra estaba en manos de las comunidades autónomas. La norma, que reforma un decreto de 2021, amplía los requisitos para poder crear una universidad y las causas que pueden llevar a que se cancele esta autorización, que se detallan con mucha más precisión. Entra en vigor en 20 días, pero se aplicará de forma distinta en centros ya en activo o pendientes de autorización, según en qué fase estén del proceso.
Lo más importante del texto es que crea un requisito previo, vinculante, antes de llevar la propuesta de creación de una nueva universidad a la Conferencia General de Política Universitaria. En el caso de centros ubicados en una sola comunidad autónoma, se pedirá un informe a la agencia de calidad acreditada en la comunidad autónoma, si la tuviera. Si no, a la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación (ANECA). En ambos casos, estos organismos evaluadores deberán crear comisiones específicas para estas evaluaciones y tendrán un año como máximo para estudiar si los proyectos cumplen las condiciones de las leyes estatales y autonómicas y los requisitos de este decreto. Y, aquí la clave: si el informe es desfavorable, el organismo responsable, sea la comunidad autónoma o el Gobierno, está obligado a denegar la solicitud de crear la universidad. Y quien lo haya solicitado no podrá volver a presentar otra propuesta hasta pasados dos años.
Además, la reforma da menos peso a las posibles normativas autonómicas, eliminando de varios artículos la posibilidad de que las comunidades modifiquen, a la baja, esos requisitos previos. Y suma un tercer curso de doctorado mínimo: las universidades deberán ofrecer al menos diez grados, seis máster y tres programas de doctorados.
Hasta ahora, y a los seis años del inicio de la actividad, la mitad de los estudiantes debían ser de grado. Este decreto añade que, a la misma fecha, el número de estudiantes matriculados en dichas titulaciones oficiales debe superar los 4.500. Todos estos requisitos deberán estar incluidos en la memoria que presenten para que se apruebe el proyecto, que también listará los convenios con empresas o entidades para prácticas y deberá mostrar pruebas de la sostenibilidad del proyecto a medio plazo.
Y detallará los planes para su actividad investigadora (instalaciones, grupos de trabajo, actividades). Al menos un 5% de su presupuesto deberá destinarse a investigación y transferencia del conocimiento, como hasta ahora, pero el decreto especifica cómo calcularlo y qué gastos no se pueden incluir en esa partida. Y deberán captar al menos un 2% en “convocatorias, programas y contratos de investigación y de transferencia de conocimiento (I+D+I), incluidas las Cátedras universitarias y la valorización de patentes”.
También marca requisitos para el profesorado y para las instalaciones. Una de las novedades más importantes es tienen que disponer de, como mínimo, capacidad de alojamiento para el 10% de sus estudiantes de títulos oficiales en modalidad presencial. Tendrán hasta el cuarto año de vida para cumplir esta condición. Eso sí, no será obligatoria, aunque se fomentará, en universidades con actividad académica ya en marcha.
En paralelo, establece que los centros universitarios, ya sean propios o adscritos, deberán estar destinados a impartir grados, máster, doctorado, investigación o formación permanente, no a otras actividades. Y también establece criterios mínimos para ellos.
Para evaluar todos estos criterios, el decreto crea un Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU), que recogerá indicadores y estadísticas detalladas de todos los centros acreditados y su actividad. Este sistema incluirá además un comparador centrado en salarios y empleabilidad de las personas que hayan estudiado en cada centro.
¿Cómo afectará este decreto, que entra en vigor en 20 días, a los proyectos pendientes de aprobación? Los que ya tengan la autorización de inicio de actividad tienen tres años para adaptarse a los nuevos requisitos. Si ya han iniciado las clases, este plazo será de cinco años. El mismo plazo es el que se da a las universidades creadas, pero aún no reconocidas. En aquellos casos en los que el proceso no haya llegado a la Conferencia General de Política Universitaria, según el trámite anterior, el expediente se enviará a la agencia de calidad correspondiente.
Buenos días.
Déjanos decirte algo…
En esta información, y en todo lo que puedes leer en Civio.es, ponemos todo el conocimiento acumulado de años investigando lo público, lo que nos afecta a todos y todas. Desde la sociedad civil, 100% independientes y sin ánimo de lucro. Sin escatimar en tiempo ni esfuerzo. Solo porque alguien tiene que hacerlo.
Si podemos informar así, y que cualquiera pueda acceder sin coste, sin barreras y sin anunciantes es porque detrás de Civio hay personas comprometidas con el periodismo útil, vigilante y al servicio de la sociedad en que creemos, y que nos gustaría seguir haciendo. Pero, para eso, necesitamos más personas comprometidas que nos lean. Necesitamos socios y socias. Únete hoy a un proyecto del que sentir orgullo.
Podrás deducirte hasta un 80% de tu aportación y cancelar cuando quieras.
¿Aún no es el momento? Apúntate a nuestro boletín gratuito.