El BOE de hoy recoge un decreto ley con ayudas para las personas, empresas y ayuntamientos afectados por los efectos de las borrascas que han azotado buena parte del país durante este arranque de año en Andalucía y Extremadura. La norma entra en vigor mañana.

Las ayudas de protección civil por zona catastrófica, multiplicadas por cuatro

El texto crea comisiones de evaluación en ambas delegaciones de gobierno que, en un mes, deberán aportar el listado de municipios o zonas afectadas a las que se les aplicarán muchas de estas medidas.

Así, las personas afectadas recibirán las ayudas habituales tras declararse zona catastrófica, pero con las cuantías máximas multiplicadas por cuatro, en línea a lo que se aprobó tras la DANA. Además, no tendrán un mes para solicitarlas, como suele ser lo habitual, sino tres, que empezarán a contar hoy mismo y se podrán ampliar en caso de que sea necesario.

Situación Ayuda ordinaria Ayuda borrascas
Muerte o incapacidad absoluta y permanente 18.000€ 72.000€
Destrucción total de la vivienda habitual Según el coste económico de los daños, hasta 15.120€ Hasta 60.480€
Daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual 50% de su valor, hasta 10.320€ Hasta 41.280€
Daños que NO afecten a la estructura de la vivienda habitual 50% de su valor, hasta 5.160€ Hasta 20.640€
Daños en enseres domésticos de primera necesidad Su coste de reposición o reparación, hasta 2.580€ Hasta 10.320€
Daños en elementos comunes de la comunidad de propietarios 50% de su valor, hasta 9.224€ Hasta 36.896€

Además de aumentar las cuantías habituales, el Gobierno permite que todas las personas afectadas reciban aquellas ayudas que tienen que ver con daños o destrucción de la vivienda independientemente de sus ingresos (el decreto en el que se basa lo limita a quienes cobren menos de ciertos umbrales). Algo similar pasa con las indemnizaciones por fallecimiento: si los herederos son hijos mayores de edad o padres, no importa (como suele ser habitual) que dependieran o no económicamente de la persona que ha perdido la vida. Además, todas estas ayudas establecidas son inembargables y están exentas del pago de IRPF.

Para agilizar el trámite, además, se permite aportar cualquier documento que pruebe la titularidad de la vivienda, como el recibo del IBI. Podrán pedir las ayudas por daños en la vivienda también los propietarios que no vivan en ellas pero las tengan alquiladas. Y los inquilinos podrán reclamar, por su parte, las de daños en enseres. Y, en el caso de no tener seguro contratado, se podrán acreditar los daños en la vivienda o en enseres con un informe pericial del ayuntamiento.

Las ayudas para daños en establecimientos industriales, comerciales y de servicios son de 36.896 euros como máximo, también exentas de IRPF e Impuesto de Sociedades.

Todas estas ayudas son compatibles con indemnizaciones, así como con los pagos del seguro, siempre sin que el total supere el daño causado. Y las personas afectadas podrán solicitar un anticipo del 50% del máximo aportando una declaración responsable de que cumplen los requisitos. Además, estas ayudas son inembargables y no contarán como ingresos para el cálculo de rentas del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Correos, como ocurrió en el caso de la DANA, ayudará en la presentación de solicitudes.

En paralelo, el Gobierno ha aprobado una ayuda de 150 euros por persona y día para quienes han tenido que ser desalojados de sus casas, que se podrá pedir desde el día que regresen.

Las personas afectadas estarán exentas del IBI y de las tasas de baja de vehículos o duplicados del permiso de conducir o del carné de identidad, así como de NIE y visados. Y se establece, como ha ocurrido con otros desastres, un sistema que permite anular o aplazar servicios contratados, como transporte u hospedaje, con reembolso total de su precio.

Los ayuntamientos afectados podrán recibir ayudas de hasta el 100% de los gastos en los que hayan incurrido para paliar los efectos de la emergencia (con la excepción de los medios propios como bomberos o protección civil) y, a posteriori, para las reparaciones de infraestructuras municipales, como la reparación de las instalaciones de agua y saneamiento. Además, podrán pedir anticipos de estas cantidades. En total, el Gobierno ha destinado 2.000 millones de euros a estas subvenciones.

Además, permite que tanto las comunidades autónomas afectadas como los municipios dediquen el superavit a inversiones de reconstrucción o reparación de daños.

Y pone en marcha créditos extraordinarios para reparación de infraestructuras estatales de transportes, mejora de cauces y otras actividades del Ministerio de Transición ecológica y reto demográfico para enfrentar las consecuencias, como esta, del cambio climático. En este sentido, pone en marcha una ampliación de plantilla en el propio ministerio y en la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) con 40 millones extra.

Ayudas para el sector agrícola, ganadero y pesquero

En el caso de la agricultura, la pesca y la ganadería, la mayoría de medidas aprobadas no tienen que ver con el futuro listado de zonas afectadas, sino con un anexo incluido en el propio decreto ley. Algunas medidas, de hecho, van más allá y se aplican a toda Andalucía y Extremadura.

Por un lado, se aprueban ayudas directas para compensar la pérdida de renta de las explotaciones, de un 30% de los ingresos declarados en 2024, con mínimo de 5.000 y máximo de 25.000 euros. Estas subvenciones se concederán de oficio y estarán exentas de impuestos. En total, se han destinado 2.121 millones a esta partida.

Y se establecen, también de oficio, ayudas para compensar la totalidad de los daños no indemnizados por seguros, así como complementos a las primas de los seguros. Además, el Gobierno ha aprobado una línea de avales del ICO y la exención del IBI rústico para las parcelas afectadas.

TRAGSA se encargará de regenerar y limpiar los caminos rurales afectados y los distintos ministerios podrán encomendarle también otros servicios de la reconstrucción, así como ayuda en peritajes de daños.

En cuanto a pesca, las ayudas de hasta 10 millones servirán para compensar ingresos dejados de percibir por los buques de pesca, siempre que sean de más del 40% con respecto a los primeros meses del año de lo declarado en ejercicios anteriores. También se tramitarán de oficio y afectará a buques en Málaga, Cádiz y Huelva.

Ayudas directas a empresarios y autónomos

Para el resto de sectores, el Gobierno ha puesto en marcha ayudas directas de 5.000 euros para autónomos y de desde 10 a 150.000 euros a empresas afectadas, dependiendo de su volumen. Podrán solicitarlas, hasta el 30 de junio, autónomos y empresas con locales o bienes afectados en Grazalema, Dudar o Benajoar de cualquier actividad. También en el resto de las zonas afectadas en el listado que se apruebe en un mes, pero en este caso solo para locales de comercio minorista, restauración u hospedaje.

Se reducirá el Impuesto de Actividades Económicas durante el tiempo en el que sus locales han estado afectados. Y se pone en marcha el cese de actividad por fuerza mayor para los autónomos hasta el 31 de mayo, así como aplazamientos y moratorias en el pago de la Seguridad Social.

Además, establece que tanto las suspensiones como reducciones de jornada de personas trabajadoras a causa de las borrascas desde el 4 de febrero sean consideradas de fuerza mayor, con un 100% de exención en las cuotas de la Seguridad Social y un subsidio del 70% de la base reguladora. Y permite cobrar el subsidio por desempleo a jornaleros con solo cinco días trabajados el año anterior, además de permitir que empleadas del hogar afectadas puedan cobrar estas prestaciones.

El SEPE pondrá en marcha un programa de empleo de 50 millones de euros para que los ayuntamientos puedan contratar a personal que trabaje en la reconstrucción.

Más allá de todas estas medidas para paliar los efectos de las últimas borrascas, el decreto ley aprueba una deducción en la renta de 591 euros para que la mayoría de quienes cobren el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) estén exentos de IRPF.

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