El prefijo 400 identificará las llamadas comerciales desde octubre
Los servicios de atención al cliente podrán realizarse a través de números cortos de tres cifras, especiales que arranquen con 800 o 900, o números normales de telefonía fija.
El BOE de hoy recoge dos resoluciones que desarrollan la Ley aprobada en diciembre y marcan las reglas que tendrán que seguir las empresas tanto para llamadas comerciales como para servicios de atención a la clientela. Ambas normas entran en vigor mañana viernes, pero las empresas tienen seis meses para aplicarlas, hasta el 17 de octubre.
Así, a partir de entonces, todas las llamadas comerciales tendrán que arrancar con el prefijo 400, para así poder ser identificadas. Y, desde octubre, las compañías de telefonía deberán bloquear las llamadas comerciales que lleguen desde un número que no incluya ese prefijo.
Además, podrán ofrecer a sus clientes la posibilidad de bloquear todos los números 400. Desde esos números, además, las empresas solo podrán llamar, pero no recibir llamadas.
En cuanto a los servicios de atención a la clientela, pueden usar tres tipos de numeración: los cortos asignados de tres cifras, números que arranquen con 800 y 900 o números de fijos locales. En los dos primeros casos, serán gratuitos. En el último, el coste será el de una llamada a un fijo normal.
Estas reglas afectan, en ambos casos, a todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la ley, con una sola excepción: compañías de luz, gas y teléfono pequeñas. Son aquellas que no alcanzan el 5% de cuota de mercado nacional y no tienen al menos 250 trabajadores o un volumen de negocio que supere los 50 millones de euros anuales.
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