El BOE de hoy recoge el Real Decreto del Plan estatal de vivienda 2026-2030. Este nuevo plan, que entra mañana en vigor, es el primero aprobado en el marco de la Ley de Vivienda aprobada de 2023.

Contempla un presupuesto total de 7.000 millones de euros a financiar en un 60% por la administración central y en un 40% por las comunidades autónomas, con las que se establecerán convenios para el desarrollo del plan en cada una de ellas. Si alguna comunidad autónoma aporta menos, la aportación estatal también disminuirá.

Se divide en tres bloques: medidas destinadas a incrementar la vivienda pública (un 40%); para rehabilitación (un 30%); y ayudas para pago de alquiler o compra de vivienda para jóvenes en municipios pequeños (otro 30% del total).

Ayudas para ampliación del parque de vivienda social

La primera línea de ayudas es para incrementar el parque de vivienda social. Se incluyen, en primer lugar, ayudas a administraciones públicas y organizaciones sin ánimo de lucro o lucro limitado especializadas en vivienda para la compra de viviendas para alquiler o cesión de uso durante un mínimo de 50 años. En el caso de las compradas por administraciones públicas, las viviendas tendrán protección permanente, pero las adquiridas por otras organizaciones solo estarán atadas al derecho de tanteo y retracto de la administración autonómica. La ayuda cubre, de forma general, hasta el 70% del coste, incluyendo impuestos y otros gastos, y hasta el 85% en zonas tensionadas; a ella se añaden hasta 12.000 euros para reformas.

El segundo tipo de ayudas de esta línea es a la promoción sobre suelo público para alquiler o cesión durante al menos 50 años y, en municipios de hasta 10.000 habitantes (y de hasta 20.000 en casos que valoren las comunidades autónomas), también para venta. En ambos casos, las viviendas tendrán protección permanente. Los beneficiarios de las ayudas serán las administraciones públicas y entes dependientes y empresas público-privadas y el importe es de hasta 1.000 euros por metro cuadrado, hasta un máximo de 85 metros cuadrados y el 70% de la inversión.

Tanto en las viviendas adquiridas como en las promovidas en suelo público, el precio del alquiler mensual de estas viviendas será de 8 euros por metro cuadrado útil como máximo más 4,8 euros por metro cuadrado útil de garaje y trastero durante el primer año. En los siguientes, se actualizará según el índice de precios de alquiler. También se podrán incluir gastos como la comunidad de vecinos o el IBI. El máximo de ingresos para ser arrendataria de estas viviendas es de 5 veces el IPREM entre toda la unidad familiar (42.000 euros), 5,5 veces (46.200 euros) en el caso de personas con discapacidad a partir del 33%, o 6 veces (50.400) para discapacidad a partir del 66% y familias numerosas de categoría especial. El precio y los requisitos económicos para comprar las viviendas para venta en municipios de hasta 10.000 habitantes lo determinarán las comunidades autónomas.

Esta línea de ayudas también contempla la promoción público-privada de vivienda, también para alquiler o cesión durante 50 años y con protección permanente, con hasta 1.100 euros por metro cuadrado si es en zonas tensionadas y hasta 8.000 euros más por vivienda si cuenta con sistemas domóticos para personas con discapacidad severa. En este caso, el importe del alquiler será de hasta 9 euros por metro cuadrado útil más 5,4 euros por metro útil de garaje y trastero, además de gastos como la comunidad y tributos. Aquí, los requisitos para los arrendatarios se fijan en cada licitación y serán las comunidades autónomas quienes los decidan.

También incluye ayudas para la gestión de viviendas que sean cedidas a la administración pública durante un plazo mínimo de 50 años, y a la reanudación de promociones de viviendas en suelos privados que estaban paralizadas o a la rehabilitación de viviendas existentes, con protección permanente y que se destinen al alquiler durante un mínimo de 20 años (650 o 750 euros de ayuda máxima según si es para alquiler o venta).

Por último, contempla ayudas a la vivienda cooperativa, a las diseñadas en torno a la interrelación entre personas o a las viviendas en cesión de uso, para alquiler durante un mínimo de 20 años y con protección permanente. Son de hasta 750 euros por metro cuadrado útil y hasta un máximo de 85.000 euros por vivienda; a programas enfocados en poner a disposición de comunidades autónomas y ayuntamientos viviendas para alquiler social durante un mínimo de siete años por 600 euros al mes el primer año; y al desarrollo y urbanización de suelo (8.000 euros por cada vivienda a construir en ese suelo).

Esta línea de ayudas supondrá, al menos, el 40% del total del presupuesto de cada convenio que se realice para el desarrollo del plan en las comunidades autónomas, a excepción de las enfocadas al desarrollo de suelo, que supondrán, como máximo, el 2,5%.

Ayudas a la rehabilitación

La segunda línea de ayudas es para rehabilitación. En primer lugar, con ayudas a la regeneración urbana, incluyendo la rehabilitación de edificios y espacios públicos (iluminación, jardinería o gestión de residuos entre otros ámbitos) en áreas despobladas o con chavolismo.

También ayudas dirigidas a la rehabilitación integral de edificios construidos antes de 2006 para propietarios, comunidades de vecinos o administraciones, con importes de hasta 8.000 euros por vivienda en reformas que mejoren la seguridad del edificio y de 22.000 para accesibilidad, además de ayudas para la mejora de la sostenibilidad; y a la rehabilitación de viviendas, también en edificios anteriores a 2006 (hasta 18.000 por vivienda para accesibilidad y 7.500 para habitabilidad). En el caso de viviendas que hubieran estado vacías en los dos años anteriores y se destinen a alquiler social durante, como mínimo, los cinco años siguientes, la ayuda será de hasta 30.000 euros (hasta 35.000 euros en municipios pequeños). Y en el caso de viviendas con protección patrimonial, además de las ayudas citadas, se podrán asignar 30.000 euros adicionales.

Ayudas para pagar el alquiler

La tercera línea es de ayudas al alquiler y está dirigida a unidades familiares que sumen ingresos de hasta 5 veces el IPREM (42.000 euros), 5,5 veces (46.200 euros) en el caso de personas con discapacidad a partir del 33% o víctimas del terrorismo, o 6 veces (50.400) para discapacidad a partir del 66% y familias numerosas de categoría especial. El precio del alquiler no podrá ser superior a mil euros mensuales, o 600 en el caso de que sea una habitación en piso compartido, aunque tanto este precio máximo como los requisitos de acceso pueden ser modificados por las comunidades autónomas. El importe de la ayuda es de 250 euros para el caso de viviendas enteras y 150 para habitaciones, cifras que se pueden aumentar hasta el 40% de la renta según el número de personas a cargo de la persona beneficiaria o si alguna de ellas tiene discapacidad de al menos el 33%.

También incluye ayudas específicas a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables. El máximo de ingresos será de 3 veces el IPREM (25.200) por unidad familiar, o 4 si son persona con el 33% de discapacidad o familia numerosa de categoría general y hasta 5 veces el IPREM (42.000) con discapacidad del 65% y familia numerosa especial. El precio del alquiler será de hasta 1.000 euros la vivienda o 600 la habitación, con los incrementos que justifiquen las comunidades autónomas, y la ayuda podrá suponer hasta el 100% del alquiler más 300 euros para gastos de suministros.

Por último, contempla otra ayuda al alquiler dirigida a las personas jóvenes de hasta 35 años, con los mismos ingresos máximos que en el caso anterior y los mismos importes máximos de renta, aunque en este caso, si están en municipios de hasta 10.000 habitantes, estos alquileres máximos se reducen a 500 y 250 por vivienda o habitación respectivamente. El importe de la ayuda es de hasta 300 euros para viviendas y 200 para habitaciones, y no podrá superar el 60% del alquiler.

También para jóvenes, incluye ayudas a la compra de vivienda en municipios de hasta 10.000 habitantes (o hasta 20.000 en casos en los que la comunidad autónoma lo justifique), con los mismos ingresos máximos que en los casos anteriores. El precio de la vivienda no podrá superar importes que van desde los 200.000 y 325.000, según comunidad autónoma, y el importe de la ayuda es de hasta 15.000 euros sin superar el 20% del importe de compra. En el caso las viviendas de alquiler con opción a compra con protección permanente para jóvenes, el plan incluye ayudas al vendedor que pueden sumar hasta 60.480 euros.

Los convenios con las comunidades autónomas detallarán los objetivos de cada una de las tres líneas de ayudas, los mecanismos de seguimiento, control y evaluación de las actuaciones. Además, establece obligaciones en cuanto a datos: deberán enviar al Ministerio información sobre los alquileres.

El plan de vivienda contempla también que las administraciones públicas beneficiarias deleguen la gestión de las viviendas a entidades colaboradoras, aunque estas no podrán tener acceso a información tributara o económica para comprobar el cumplimiento de los objetivos económicos. Estas entidades colaboradoras pueden ser organismos dependientes de la administración pública, pero también organizaciones no gubernamentales, entidades privadas sin ánimo de lucro o lucro limitado, y entidades de crédito o cualquier otra privada que la administración considere.

Además, se establece una cláusula que obliga a que los procesos de reparto de vivienda pública sean transparentes, para evitar casos como el de las VPO de Alicante.

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