El BOE de hoy recoge un decreto que modifica las condiciones laborales de los médicos residentes, limitando las guardias a un máximo de 17 horas y aumentando su salario a través del complemento de formación, entre otras medidas.

La principal novedad es que limita las guardias a un máximo de 17 horas, incluyendo la jornada ordinaria si van seguidas (ya sea antes o después). Además, solo podrán hacer 68 horas de guardias al mes, lo que equivale a cuatro de esas jornadas máximas. Estos límites se podrán ampliar de forma excepcional y justificada -nunca para cubrir la falta de personal- y siempre con la aprobación del residente, en una guardia extra, hasta cinco al mes (o su equivalente en horas). Y el propio residente podrá, de forma voluntaria, añadir dos más, hasta siete guardias.

Eso sí, las guardias no podrán superar las 24 horas en ningún caso ni afectar a los descansos obligatorios de 12 horas entre jornadas. Además, se establece el derecho de dejar de trabajar 24 horas ininterrumpidas además de ese descanso. La duración de la jornada ordinaria baja de 37,5 a 35 horas semanales de media semestral, que podrán llegar hasta un máximo de 45 incluyendo las guardias calculado trimestralmente.

En paralelo, el decreto obliga a dar flexibilidad al personal residente para cuidados u otras obligaciones personales, así como a que se pongan en marcha sistemas de control horario para asegurar que se cumplen todos estos límites. El personal residente deberá ser informado de cualquier modificación en su jornada con al menos dos meses de antelación. Todos estos cambios en la jornada laboral entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2027.

En cuanto a los salarios, sube el complemento de formación. Si hasta ahora solo se cobraba desde el segundo año y de un 8% de inicio hasta un 38% máximo al quinto año, a partir de enero se cobrará un 18% extra el primer año y hasta un 58% el quinto, con subidas de un diez por ciento cada anualidad. En paralelo, el decreto establece un complemento para cubrir el 100% del salario en casos de baja, embarazo, maternidad o paternidad.

Además, establece que el Consejo interterritorial de salud aprobará, en seis meses, un criterio homogéneo en toda España para el pago de otro de sus complementos, en plus de residencia, que ahora mismo es distinto en cada caso. Ese criterio deberá tener en cuenta aspectos como el coste de la vivienda en cada zona.

El decreto amplía los supuestos en los que se puede exigir una jornada inferior a 12 horas, incluyendo junto a cuidados de menores o familiares problemas de salud de la persona residente. Y establece que se evaluarán sus riesgos laborales de inicio y cada dos años, teniendo en cuenta el impacto de las jornadas y las guardias. Y si con modificaciones de su puesto de trabajo no es suficiente para solventar estos problemas, se le podrá trasladar de centro manteniendo sus derechos.

La norma publicada hoy, que modifica el decreto de 2006, también permite compatibilizar la residencia con la creación artística, literaria, científica o técnica, siempre fuera del horario laboral y con la aprobación del centro.

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