Las contenciones en los psiquiátricos, en el punto de mira del Defensor del Pueblo
Tras la información publicada por Civio, un hospital psiquiátrico burgalés elimina la posibilidad de inmovilizar a sus pacientes boca abajo. El Defensor del Pueblo, que prohíbe este tipo de maniobras, también ha pedido a otros centros de salud mental cambios respecto a las contenciones mecánicas.
El Hospital Psiquiátrico Fuente Bermeja, ubicado en Burgos (Castilla y León), contemplaba hasta hace unos meses la posibilidad de inmovilizar boca abajo, por ejemplo, con correas u otros elementos de sujeción, a los pacientes con trastornos de salud mental. Aunque se trata de una maniobra muy peligrosa por el riesgo de asfixia que puede entrañar, lo cierto es que el protocolo de este hospital público de Castilla y León admitía la opción de realizar las contenciones mecánicas de los pacientes en esta posición. El Defensor del Pueblo instó al hospital en noviembre de 2020 a eliminar dicha posibilidad, pero, por aquel entonces, Fuente Bermeja hizo caso omiso.
Este trabajo es fruto de una colaboración en paralelo entre El Salto, que ha investigado el uso de contenciones mecánicas en establecimientos penitenciarios (puedes leer su reportaje aquí, y la Fundación Civio, que ha abordado el uso de estas sujeciones en hospitales psiquiátricos. Para ello, hemos revisado los informes desde 2018 del Defensor del Pueblo respecto a las unidades y centros de salud mental, dentro de las visitas del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
En abril de 2021, una investigación de Civio desveló las advertencias del Defensor del Pueblo al psiquiátrico de Fuente Bermeja. De acuerdo con el informe, realizado dentro del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, la contención mecánica boca abajo es una práctica “totalmente prohibida”, “más aún en menores de edad”. Un mes más tarde de la publicación de aquel reportaje, el hospital psiquiátrico de Fuente Bermeja accedió a modificar el protocolo para prohibir de manera “expresa” este tipo de contenciones. Además, en respuesta a Civio, el hospital aseguró que dicha inmovilización nunca se había llevado a cabo en el centro.
No es la primera vez que el Defensor del Pueblo realiza visitas de seguimiento a unidades de salud mental. De hecho, los informes evidencian que las contenciones mecánicas están en el punto de mira. En 2019, por ejemplo, se documentó la inmovilización de una persona en el Hospital Universitario Marqués de Valdecilla, en Santander, durante más de 380 horas (casi dieciséis días). Y, durante las visitas al Hospital Universitario Central de Asturias (Oviedo), al Hospital Santa Isabel (León) o al Centro Neuropsiquiátrico Nuestra Señora del Carmen (Zaragoza), también se constató que las habitaciones donde se sujeta a los pacientes no eran del todo adecuadas (por ejemplo, por situarse lejos del personal de enfermería, carecer de timbres o sistemas de videovigilancia y no disponer de luz ni ventilación suficientes).
La carencia de registros sobre las contenciones mecánicas o la pasividad a la hora de comunicarlas al juzgado son otros problemas habituales. Y el olvido que muchas veces se produce en la atención a la salud mental, por desgracia, continúa: en 2021 se evidenció que, en el Hospital Psiquiátrico de Conxo (Santiago de Compostela), una mujer con discapacidad intelectual había sido inmovilizada treinta veces en los dos años anteriores. De hecho, la paciente, que llevaba ingresada allí cerca de dos décadas, dormía en una cama con correas permanentes, aunque la memoria del propio hospital había señalado que el centro no era “un sitio adecuado” para personas como ella.