El Senado oculta a Google información sobre sus señorías
El uso de instrucciones a los motores de búsqueda de su página web evita que aparezcan datos internos de las fichas de los senadores, entre otros vetos
La página web de la Cámara Alta imposibilita el acceso de algunos buscadores a las fichas de los senadores, a documentos y a diferentes iniciativas parlamentarias, entre otros contenidos de su web, gracias al archivo robots.txt. Evitar la indexación de la información sobre sus señorías ni siquiera responde a la Ley de Protección de Datos (LOPD).
Entre los contenidos publicados en la web oficial del Senado se encuentran las biografías de los senadores y sus declaraciones de bienes, actividades e intereses; sus señorías están obligadas por ley a publicar estos documentos. Instrucciones a los buscadores, como robots.txt, hacen que estos no muestren la información en sus resultados y eliminen de su índice determinada información. Esto hace imposible la búsqueda de datos concretos que pudieran afectar de forma genérica a varios senadores. Por ejemplo, esta instrucción evita que encontremos mediante un buscador qué representantes públicos tienen vínculos, declarados en sus fichas personales, con una empresa privada. Este tipo de órdenes de bloqueo a los motores de búsqueda, que contiene las rutas y enlaces vetados, las realiza de forma intencionada el administrador de la página web.
“Los datos de nuestros representantes que encontramos en las webs parlamentarias no son datos que sean privados conforme la regulación de la LOPD, por lo que no se entienden las razones por las que excluyen su lectura por los buscadores”, opina Javier de la Cueva, abogado experto en propiedad intelectual y estudioso de las relaciones entre Derecho y Tecnología. Así, el bloqueo generalizado de las fichas de los senadores “va mucho más lejos de lo que habitualmente se le concede a cualquier ciudadano”, añade Luis Gervas de la Pisa, abogado de Salirdeinternet.com y responsable del Código del Derecho al Olvido publicado por el Boletín Oficial del Estado.
Otros enlaces que el Senado veta a los buscadores mediante el uso de robots.txt son las páginas del apartado de iniciativas parlamentarias o de su repositorio de documentos en PDF. Las primeras páginas bloqueadas contienen tanto iniciativas legislativas como preguntas orales y escritas de los senadores, interpelaciones al Gobierno, mociones, solicitudes de comparecencia y declaraciones institucionales. El resto de documentos ocultos son publicados por el mismo órgano constitucional o por otros organismos públicos. Entre ellos se encuentran desde informes del Tribunal de Cuentas a planes de emergencia locales publicados por las administraciones autonómicas.
De esta manera, solo es posible consultar algunos datos del Senado si sabemos qué estamos buscando y en qué parte de la página web están disponibles. “Se trata de una falta de respeto hacia el tiempo de los ciudadanos”, continúa Javier de la Cueva.
Robots.txt: Prohibido el paso
Esta manera de impedir a los buscadores el acceso a determinada información contenida en el portal del Senado es posible gracias al archivo robots.txt, que contiene instrucciones para los motores de búsqueda de herramientas como Google, Bing o Yahoo. Con este archivo, el administrador de la web marca aquellas direcciones URL de su página en las que no quiere que el buscador rastree.
Esta orden de bloqueo a los buscadores es común, bajo ciertas peculiaridades, en algunas páginas web institucionales, según Luis Gervas. El abogado explica que la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) ha solicitado a publicaciones oficiales, como el BOE, el uso del archivo robots.txt para ocultar nombramientos de personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, algunos indultos o procesos de selección oficiales. De hecho, Senado y Congreso bloquean el acceso de los buscadores a los boletines oficiales de los procesos de selección de los ujieres de las Cortes.
A iniciativa del afectado o de la AGPD, los boletines oficiales, por ejemplo, pueden ocultar –nunca eliminar– los datos personales en procesos de selección si el individuo no ha obtenido la plaza o si la ha abandonado, pero no si el funcionario aún permanece en el puesto, según Gervas. Por tanto, la recomendación de bloquear el acceso a los buscadores en fuentes oficiales se basa en conceptos como la seguridad personal, el derecho a la intimidad, al honor o el derecho al olvido.
Otros motivos para el uso del archivo de robots.txt son los relacionados con el posicionamiento en buscadores, que poco tienen que ver con la protección de datos personales. El conjunto de prácticas de optimización de contenidos de una página web para mejorar su posición en los resultados de búsquedas (Search Engine Optimization, o SEO por sus siglas en inglés) usa determinados bloqueos para sortear las penalizaciones que los motores de búsquedas imponen en casos de contenido duplicado, contenido copiado o redireccionamientos engañosos, entre otros. Sin embargo, la ocultación de la información de iniciativas parlamentarias, documentos de interés público o las fichas de los senadores no parece responder a motivos SEO. Ni debe ser su excusa.
Derecho al olvido, sí, pero sin recortar la libertad de información
El pasado mes de octubre, el Tribunal Supremo se pronunció respecto al derecho al olvido en una sentencia, tras la demanda de dos personas contra el diario El País por no eliminar sus nombres de una noticia ocurrida en los años 80. El artículo contaba su ingreso en prisión por delitos de tráfico y consumo de drogas, además de sus episodios de síndrome de abstinencia. Al buscar en Google sus nombres, la noticia, digitalizada en la hemeroteca on line del periódico de PRISA, aparecía entre los primeros resultados. Los implicados exigían retirar el artículo de Internet.
El fallo del Tribunal Supremo señaló que modificar la hemeroteca digital supondría una restricción excesiva de la libertad de información, pero establecía que la empresa editora debía añadir instrucciones, como robots.txt o noindex –insertado en el código HTML de la página web–, para evitar que dicha información sea indexada por los buscadores de Internet.
En la decisión del Tribunal Supremo pesó más la falta de relevancia pública de los afectados, la falta de actualidad de los hechos y la ausencia de interés histórico. Los magistrados puntualizaron en su sentencia que el llamado “derecho al olvido digital” no ampara que cada uno construya un pasado a su medida, impidiendo la difusión de informaciones sobre hechos negativos, ni justifica que aquellos que se exponen a sí mismos públicamente puedan exigir que se construya un currículo a su medida.
Es decir, no es lo mismo desindexar información de una hemeroteca, sobre unos hechos sucedidos hace más de 20 años y cuyos protagonistas no tienen relevancia pública, que ocultar datos sobre representantes públicos contenidos en una publicación oficial.
Bola extra (I)
Tras una búsqueda de senadores en Google, el índice de resultados del buscador contiene el nombre del senador debido a que es el título de la página, pero aparece un chivato que indica que la información contenida en la ficha sobre los senadores está oculta con el archivo de robots.txt. En una de las páginas de estos resultados, aparece una ficha con el nombre “No hizo absolutamente nada”, que pertenece al apartado de actividad parlamentaria de Marta Domínguez, exsenadora del PP por Palencia. Desconocemos la razón que impulsó al administrador de la página web del Senado a poner este título a la ficha de la exatleta. Todo un misterio.
Bola extra (II)
La página web del Senado no recoge la declaración de actividades de los senadores designados por los nuevos parlamentos autonómicos surgidos tras las elecciones del 24 de mayo. En lugar de el documento que deben publicar para dar cuenta de sus otras posibles actividades paralelas, las fichas de Rita Barberá (Comunidad Valenciana) o Guillermo José del Corral (Cantabria), entre otros, tienen la etiqueta “???NoHayActividades???”. Ambos se incorporaron al Senado el pasado mes de julio.
En la toma de posesión de su acta de senadores, los nuevos miembros de la Cámara Alta deben entregar, por imperativo legal, su declaración de actividades, de bienes y de intereses. La falta de la publicación de este documento se debe, según informa la Cámara Alta, a que la Comisión de Incompatibilidades –organismo responsable de dar el visto bueno a las declaraciones de actividades de sus nuevos miembros– no trató en sus reuniones las declaraciones de actividades de los últimos senadores designados. Sin embargo, después de la toma de posesión de Barberá o del Corral en julio, la Comisión de Incompatibilidades mantuvo tres sesiones de trabajo, antes del fin de su actividad el pasado mes de octubre. O los nuevos senadores no presentaron su declaración de actividades **o se trata de una patada adelante de la comisión** –ya se encargará el nuevo Senado tras las elecciones generales– y, por tanto, una falta de rendición de cuentas ante los ciudadanos. Todo en una misma jugada.
Impacto
En 2016, tras la publicación de esta información, el Senado dejó de poner barreras a la indexación de estos datos.
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