La Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno llega al Parlamento como proyecto de ley tras su aprobación por el Consejo de Ministros el pasado 27 de julio. El texto que pasa a las Cortes (disponible aquí) es la tercera versión desde el primer borrador que el Gobierno dio a conocer en marzo. En tuderechoasaber.es hemos confrontado los cambios del proyecto actual con la versión anterior (y ésta, con la primera) para que puedas ver las modificaciones hechas durante el proceso consultivo.

La gestación del proyecto de Ley de Transparencia ha seguido una agenda de cinco meses. A lo largo de ella, el Gobierno ha consultado a diversos cuerpos del Estado, convocado encuentros de expertos y celebrado una consulta pública que recibió casi 3.700 aportaciones ciudadanas. Sin embargo, los pocos cambios incorporados no llegan a satisfacer las exigencias de los colectivos pro-transparencia.

La ley que llama a las puertas del Congreso, ¿introduce muchas mejoras o se trata de un texto fiel a las líneas maestras del primer borrador? Repasamos algunas claves que ayudan a contestar a esta cuestión:

  • ¿Qué es una Ley de Transparencia y por qué es importante?

Es una ley que permite a cualquier persona pedir información a las instituciones públicas y que obliga a estas a proporcionársela porque se reconoce como derecho. Además, regula la “publicidad activa”. Así, las instituciones incluidas en la norma estarán obligadas a dar a conocer regularmente información sobre su funcionamiento y actuación pública. España es el único país de Europa con más de un millón de habitantes que todavía no cuenta con una ley de este tipo. En el caso del proyecto español, se incorpora también la particularidad de un título de “Buen Gobierno”, que castigará a aquellos gestores que cometan infracciones en el manejo de fondos públicos.

  • ¿Qué opinan los organismos consultivos que han examinado el texto?

**De los tres organismos consultivos que han revisado el texto -el Consejo de Estado, la Agencia de Protección de Datos y Consejo General del Poder Judicial-, dos han sido bastante críticos con él. El Consejo de Estado ha recomendado más rigor técnico en la redacción de la ley. Entre sus temores destaca que el actual texto “es potencialmente susceptible de generar numerosos conflictos de interés”, y añade que conviene “definir con mayor precisión los límites y excepciones” del derecho de acceso a la información pública. **Tuderechoasaber.es ha tenido acceso al dictamen completo y aquí puedes leerlo. El Gobierno afirma que ha tomado nota de estas recomendaciones y modificado el texto con ellas antes de aprobarlo.

Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial ha recomendado tipificar penalmente el “despilfarro” de fondos públicos, aunque la gestión deficiente de recursos no será castigada con cárcel. Sí lo será el falseamiento de información o la ocultación de datos en perjuicio de la Administración –penado con entre 1 y 4 años-.

  • ¿Ha tenido en cuenta el Gobierno las sugerencias de la comisión de expertos convocada para mejorar la ley?

Entre los propios expertos, algunos creen que no. La comisión de expertos no fue informada por el Gobierno en mayo de la existencia de un segundo borrador y el actual no incluye varias de las recomendaciones más importantes: el derecho de acceso a la información no será considerado como un derecho fundamental; no ha cambiado la definición de información, con numerosas excepciones, y no garantiza de por sí la independencia de la Agencia Estatal de Transparencia.

Helen Darbishire, directora de Access Info Europe, una de las organizaciones que impulsan tuderechoasaber.es y miembro de la Coalición Pro Acceso, duda que la ley propuesta sirva para ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos y pueda cumplir los estándares internacionales.

A estas voces ha unido la de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), que ha publicado dos informes criticando la redacción de la ley. En su segundo análisis, publicado en junio, señalaba que “la mayoría de los cambios son ’cosméticos’ y, en general, no contribuyen a mejorar el anteproyecto respecto de la versión anterior”.

  • ¿Qué aportaciones ciudadanas ha recogido esta ley y cuáles se han quedado fuera?

Pese a las insistentes reclamaciones de la Coalición Pro Acceso, el Gobierno rehusó hacer públicas las 3.683 sugerencias ciudadanas hechas el pasado marzo durante la consulta pública. El borrador resultante no difería esencialmente el primero. El Ministerio de Presidencia confirmó que había incorporado una quincena de aportaciones ciudadanas y que no las haría públicas porque las consideraba como “correspondencia” (y por tanto no tenía permiso). También recordó que no existe obligación de hacer una consulta pública cuando se prepara una ley.

  • **Y ahora, ¿qué pasa? **

El proyecto de ley del Gobierno se debatirá en el Congreso a partir de septiembre para su definitiva aprobación, que se prevé fácil en un escenario de mayoría absoluta. El título II -de Buen Gobierno– entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Para el título I -de Transparencia de la Actividad Pública– habrá un periodo de entrada en vigor de un año, para que las instituciones puedan adaptarse al cambio. Por lo tanto, el acceso a la información no estará garantizado, como pronto, hasta otoño de 2013.

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