El BOE de hoy recoge una orden ministerial que publica el nuevo acuerdo sobre Cataluña de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos, la entidad que desde julio ha ido aprobando de forma progresiva un control cada vez más férreo de las cuentas de la Generalitat de Catalunya, hasta desembocar en el control casi total establecido por el artículo 155. Las medidas -pagos a través de Hacienda, necesidad de autorización para financiarse- no echan el freno, por el momento.

Esta resolución sustituye a la aprobada en septiembre, que impuso cierre del grifo de los presupuestos -excepto para servicios básicos-, control de pagos y avisos a los bancos para que no aprobaran movimientos sin el visto bueno del ministerio que dirige Cristóbal Montoro. Poco después llegó el 155 y un paso más: toma de la conselleria por parte del ministro y altos cargos de Hacienda ocupando las funciones que hasta entonces desarrollaban personas de confianza de Oriol Junqueras. Desde entonces, ambas decisiones corren en paralelo.

La novedad más importante es que el próximo 31 de diciembre perderá su vigencia el acuerdo de no disponibilidad de los presupuestos, la medida que no permite ningún gasto que no estuviera destinado a pagar los servicios básicos. Eso sí, no aclara cómo se articulará el control a partir del 1 de enero de 2018, con un ejercicio presupuestario nuevo. Pero, por el momento, Hacienda sigue dirigiendo de forma directa la Conselleria de Economia.

La orden publicada hoy en el BOE, al contrario que las anteriores, no marca cuál será su duración, es decir, hasta cuándo se mantendrán estas medidas de control. La de septiembre establecía en su articulado que estaría vigente hasta que “desaparezca la situación de riesgo para el interés general en la Comunidad Autónoma de Cataluña o sea necesario para garantizar la prestación de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma”.

Sigue el control de pagos y endeudamiento y los avisos a bancos y proveedores

Las nuevas reglas, aprobadas el mismo día de las elecciones, el 21 de diciembre, mantienen la obligación de que los pagos que se deban realizar para pagar servicios básicos con dinero del sistema de financiación autonómica tengan que pasar por Hacienda, previa justificación de que los fondos no se destinan a actividades “ilegales” o contrarias a sentencias judiciales, como las del Constitucional.

Todo pasa por la cuenta del Banco de España creada en octubre y donde se están transfiriendo, de forma mensual, las cantidades correspondientes a la financiación catalana.

También permanece la obligación de proveedores y entidades bancarias o consultorías de avisar si detectan usos del dinero público para esos fines. Y cualquier operación de endeudamiento debe seguir contando con la aprobación del Consejo de Ministros.

Pero la nueva resolución permite, en casos “excepcionales” y justificados por el interventor, transferencias de esos fondos de la financiación autonómica a la Generalitat para, por ejemplo, el pago de nóminas. Eso sí: tienen 15 días para rendir cuentas sobre qué han hecho con esos fondos.

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