Sanidad amplía la movilización de médicos a residentes de cualquier año y cualquier especialidad
Hasta ahora solo se podía asignar a las unidades especiales ante la COVID-19 a los de último año de aquellas áreas directamente relacionadas con la enfermedad.
El BOE de hoy recoge una orden ministerial que amplía los profesionales que pueden ser llamados a trabajar en la gestión sanitaria de la crisis del coronavirus. Esta medida modifica la que se aprobó hace más de dos semanas, en la que se incluyó también a profesionales sanitarios jubilados.
Hasta ahora, se prorrogaba el contrato de los residentes de último año de especialidades vinculadas con el tratamiento de la COVID-19 (Geriatría, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Neumología, Pediatría y sus Áreas Específicas, Radiodiagnóstico, Microbiología y Parasitología, Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica) y estos profesionales podían ser llamados para atender las necesidades de la crisis sanitaria. Gracias a la orden aprobada hoy, esta medida se amplía a residentes de cualquier año y de cualquier especialidad. Pueden ser enviados, según las necesidades, a cualquier unidad en todo el territorio.
Además de establecer la prórroga de los contratos laborales vigentes para todos ellos de forma automática, pospone todas sus evaluaciones anuales y finales, que se realizarán una vez se haya superado la situación. Este tiempo de prórroga será considerado a efectos de antigüedad.
Algunos residentes están ya, de hecho, realizando tareas con responsabilidades mucho mayores de las que les tocaría por etapa formativa. ¿Eso se va a reconocer a efectos de sueldo? El Ministerio pasa la pelota a las comunidades autónomas, que serán las que “garantizarán” que esos médicos reciben las retribuciones que les corresponden teniendo en cuenta sus funciones y grado de responsabilidad y autonomía.
Aligera las condiciones para contratar a médicos de fuera de la UE
Además, la orden permite que se contrate a especialistas de fuera de la Unión Europea (UE) con formación equivalente a la española y que estuvieran en fase de evaluación, es decir, que tuvieran pendiente la prueba teórica y las prácticas finales para que su título fuera homologado. Hasta ahora, solo se podía contratar a quienes ya hubieran superado esas pruebas.
Quienes hayan finalizado los estudios de formación profesional de técnico de auxiliar de enfermería podrán también incorporarse aunque no tengan el título.
Y se pone a disposición de la gestión sanitaria de la crisis a los forenses y otros profesionales del Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses que no estén prestando servicios mínimos en Justicia.
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