El BOE de hoy recoge una orden ministerial que prorroga, de forma automática durante seis meses desde que acabe el estado de alarma, los permisos temporales de trabajo, residencia o estudios que caduquen mientras esté vigente el mismo o desde 90 días antes. Además, permite la entrada en el país a aquellos que tengan esos permisos caducados.

La norma aplica a autorizaciones temporales de residencia, trabajo o estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborables o servicios de voluntariado. También a la validez de las tarjetas de familiares de ciudadanos de la Unión Europea. Y a las tarjetas de identidad de extranjeros en todos estos supuestos y también en personas con residencia de larga duración. En todos estos casos, se prorrogarán aquellos que hayan caducado durante el estado de alarma o los 90 días previos. Y esa prórroga alargará su validez hasta seis meses después del fin del estado de alarma. No aplica, eso sí, a las estancias formativas de personal sanitario.

Esta prórroga se aplicará aunque la persona afectada la haya pedido ya por los cauces habituales o haya solicitado una modificación, excepto si la resolución de esa solicitud fuera más favorable que la prórroga automática.

En todos los supuestos anteriores se permitirá la entrada en España pese a que las autorizaciones hayan caducado. También para aquellos que tengan visados de larga duración para emprendedores.

La orden ministerial también regula, en condiciones distintas, otros tipos de permisos para extranjeros. Así, las autorizaciones de estancia de 90 días máximo, que normalmente se usan en casos de turismo o viajes cortos, se prorrogarán tres meses, pero el tiempo extra se tendrá en cuenta a la hora de calcular los permisos para futuras visitas. La misma prórroga, de tres meses, se aplicará a los visados de larga duración por movilidad de jóvenes así como los visados de estancia por estudios de hasta 180 días, pero en este caso solo cuando su titular se encuentre en España y no haya podido regresar a su país de origen.

En paralelo, establece que, a la hora de calcular el tiempo mínimo continuado en España para el permiso de residencia, no se tendrá en cuenta la ausencia si no se puede regresar por culpa de la crisis sanitaria.

Buenos días. Y cuídense.

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