El BOE de hoy recoge un Decreto Ley que crea un nuevo paro para quienes agotaron sus prestaciones entre el 14 de marzo, arranque del primer estado de alarma, y el 30 de junio. Además, amplía la duración del paro especial de los artistas, incluye en las mismas condiciones a los profesionales taurinos y crea una ayuda para técnicos y auxiliares de la cultura. En este último caso, eso sí, de menos tiempo y cuantía.

Todas estas medidas entran en vigor a partir de mañana, se podrán empezar a solicitar en el SEPE a partir del día 6 de noviembre y tienen un periodo corto de tiempo para pedirlo: hasta el 30 de noviembre para el paro especial y hasta el 20 para técnicos culturales y profesionales taurinos.

Paro especial para quienes hayan extinguido otras prestaciones por desempleo

La medida más importante está destinada a aquellas personas a las que se les acabaron sus prestaciones por desempleo contributivas, subsidio para mayores de 45 años o con responsabilidades familiares, ayudas para parados de larga duración de bajos ingresos o Renta Básica de Inserción (RAI) entre el 14 de marzo y el 30 de junio.

Deben estar inscritos como demandantes de empleo y es incompatible con el Ingreso Mínimo vital (IMV) o cualquier tipo de renta mínima de las comunidades autónomas. Para poder acceder es imprescindible, además, que el cese en el último trabajo no haya sido voluntario, esto es, que diera lugar a estar en situación legal de desempleo (la que te permite cobrar el paro).

La ayuda, de tres meses (noviembre, diciembre y enero) será de 430 euros. Eso sí, se deberá solicitar antes del 30 de noviembre.

Al contrario que en los subsidios por desempleo vigentes para quienes se les acabe el paro, no necesitarán acreditar un mes de búsqueda de empleo previo a la solicitud, ni tener responsabilidades familiares ni bajos ingresos.

El Decreto Ley, además, elimina hasta finales de enero la obligación para la RAI y los subsidios para parados de larga duración de acreditar búsqueda activa de empleo durante un mes antes de recibir esas prestaciones. Y contabiliza como periodos trabajados el tiempo que los fijos-discontinuos hayan estado recibiendo la ayuda destinada a ellos para periodos de suspensión de actividad por la crisis sanitaria.

Artistas y, ahora sí, técnicos de la cultura; y profesionales taurinos

La norma también crea y modifica ayudas destinadas a trabajadores de la cultura y profesionales taurinos. En todos estos casos, son subsidios destinados a quienes no puedan acceder a paro ordinario.

El paro especial de artistas, creado en mayo, cambia. Hasta ahora, se podía recibir durante cuatro o seis meses dependiendo del tiempo que se haya estado de alta el año anterior. A partir de ahora, esa ayuda durará hasta el 31 de enero de 2021, independientemente de lo que se haya cotizado.

Eso significa dos cosas, según la situación: la primera, que quienes la tengan concedida y no se les haya acabado, porque tuvieran derecho a seis meses, por ejemplo, se les prorroga hasta el 31 de enero de forma automática. La segunda, que a quienes se les acabó porque la gastaron, por ejemplo, porque tenían un máximo de cuatro meses, pueden volver a pedirla y se les podrá conceder hasta el 31 de enero. Eso sí, habrán estado varios meses sin recibir ninguna ayuda.

Esta ayuda, de unos 776 euros, es incompatible con cualquier otra ayuda por desempleo, rentas mínimas o Ingreso Mínimo Vital (IMV) o trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena. Eso sí, si se interrumpe porque la persona trabaja de forma temporal, se podrá reanudar cuando acabe.

Las mismas condiciones y cantidades -776 euros, solicitud hasta el 20 de noviembre, posibilidad de interrumpirla- se aplican a partir de ahora también a los profesionales taurinos, que podrán acceder si estaban en el censo de esta actividad a 31 de diciembre de 2019 y si no cobran o han cobrado el paro ordinario ni pueden acceder a otras ayudas por desempleo o rentas mínimas o IMV.

Cuando se aprobó el paro especial de artistas, en mayo, se dejó fuera a técnicos y auxiliares, como contamos entonces. La norma publicada hoy crea, meses después, una ayuda para parte de este sector, excluida entonces. Eso sí, en este caso es mucho menor, de 430 euros. Se podrá cobrar en noviembre, diciembre y enero y los plazos para solicitarla, como en la anterior, la de los profesionales taurinos, van del 6 al 20 de noviembre.

Podrán acceder a ella quienes hayan trabajado de forma temporal en eventos, obras o espectáculos públicos, en cualquier medio de difusión (teatros, tele, cine…), en los siguientes sectores: producción y postproducción de cine, vídeo y televisión, en grabación de sonido y edición musical, en artes escénicas, creación artística y literaria y gestión de salas.

En concreto, deben haber cotizado 35 días en ese tipo de actividades -y no haberlos usado para cobrar otra prestación- entre el 1 de agosto de 2019 y el 5 de noviembre de 2020, de forma temporal y por cuenta ajena, en alguno de esos espectáculos. Y su último fin de contrato tiene que dar derecho a paro, esto es, no podrán acceder quienes dejaran el empleo, por ejemplo. Ni quienes en ese momento estuvieran trabajando también por cuenta propia.

Además, no podrán recibir la ayuda quienes cumplan los requisitos para acceder a otro tipo de paro o cese de actividad ni quienes hayan recibido alguna de las medidas de protección por desempleo creadas durante la crisis sanitaria.

En su caso, las condiciones también pasan por estar inscritos como demandantes de empleo (aunque pueden hacerlo justo antes de presentar la solicitud) y también es incompatible con el IMV u otras rentas mínimas de las comunidades autónomas, así como con el trabajo a jornada completa contratados o como autónomos. Eso sí, se podrá cobrar la parte proporcional si se trabaja a jornada parcial.

Buenos días. Y cuídense.

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