El Gobierno amplía la obligación de PCR a los viajeros que entren desde Francia por carretera y tren
Ya era obligatorio contar con una prueba negativa realizada 72 horas antes para quienes vinieran de ese país, como de muchos otros, si lo hacían en barco o en avión.
El BOE de hoy recoge una orden ministerial que, por primera vez, amplía la obligación de hacerse una PCR antes de entrar en España a quienes lleguen por tierra desde Francia, ya sea por carretera o tren.
Desde el 23 de noviembre, es obligatorio hacerse esa prueba, o cualquier otra prueba molecular (como la TMA), en las 72 horas anteriores, para quienes lleguen de países de riesgo, pero solo en barco o avión. A partir del martes 30, también lo será para aquellos que entren desde Francia por tierra.
Así, mientras ese país sea considerada zona de riesgo -ahora lo es- quienes lleguen por tierra también deberán hacerse esa prueba. Las excepciones: no será necesaria en menores de hasta seis años (incluidos), transportistas trabajando, otros trabajadores transfronterizos y residentes en zonas transfronterizas siempre que no vayan más allá de 30 kilómetros de su casa.
Así quedan las fronteras para entrar a España en barco y avión
- Vetos generales por nuevas cepas:
- Los viajes desde Sudáfrica y Brasil en avión o barco solo se permiten si transportan a ciudadanos españoles o andorranos o residentes en alguno de esos dos países. A estos tres vetos no les afectan los siguientes puntos. Están obligados, además, a guardar cuarentena al llegar.
- Por tierra, desde Portugal, también se ha reinstaurado la frontera. Pueden entrar, eso sí: españoles y su pareja oficial o ascendientes y descendientes a su cargo, residentes o estudiantes en España, residentes de otro país europeo que se dirijan a él, por motivos laborales o causas de fuerza mayor.
- Sí pueden entrar:
- Ciudadanos europeos (con las excepciones mencionadas).
- Residentes (o con visado de larga duración o de estudios, en este último caso como mínimo 15 días antes de arrancar el curso) en cualquier país de la Unión Europea, estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino, pero siempre que se dirijan al país en el que viven.
- Residentes -no importa si son nacionales o no- de los países de la lista de orígenes permitidos: Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y las regiones chinas de Hong Kong y Macao.
- Personas que residan en el resto de países pero solo en los siguientes casos (y con cuarentena obligatoria si llegan de Colombia, Perú, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Tanzania, Zambia y Zimabue):
- Personal de transporte de mercancías y tripulantes de buques y personal de vuelo.
- Profesionales de la salud (incluye a investigadores y personas dedicadas al cuidado de mayores) que se dirijan o regresen a su lugar de trabajo.
- Personal diplomático, de organizaciones internacionales y militares, e organizaciones humanitarias, pero siempre durante su trabajo.
- Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia.
- Por motivos familiares imperativos o de fuerza mayor o necesidad.
Más allá de quién puede entrar o no hay otra lista de países que debemos tener en cuenta si vamos a entrar en España: la de aquellos desde los que se exige PCR o prueba molecular similar en las 72 horas anteriores al viaje si se accede en avión o barco. Además, desde el martes 30 de marzo, quienes lleguen desde Francia por tierra también tendrán que contar con esta prueba mientras ese país siga estando en zona de riesgo. Esa lista también ha ido cambiando.
Países o zonas de riesgo desde donde es obligatorio tener una PCR o TMA negativa realizada 72 horas antes de llegar a España
Información actualizada a 7 de mayo de 2021
Australia, China, Corea del Sur, Hong Kong, Macao, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur y Tailandia; la región de Pohjois- ja Itä-Suomi (Finlandia) y las regiones de Nordland, Troms og Finnmark y Trøndelag (Noruega).
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