Cuarentena de diez días para quienes lleguen de siete países africanos, entre ellos Sudáfrica y Mozambique
Además, solo podrán entrar en supuestos muy acotados y todos los pasajeros que lleguen desde Botsuana, Suazilandia, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbaue deben presentar una PCR negativa aunque estén vacunados.
El BOE de hoy recoge una orden ministerial que impone cuarentena de diez días para quienes lleguen a España desde zonas de alto riesgo, con escalas a no, una nueva categoría que incluye a Botsuana, Suazilandia, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbaue.
Esta medida entró en vigor a las 0.00 horas del 29, esto es, la medianoche entre el domingo y el lunes (sí, antes de que se publicase en el BOE a las 7.30 de la mañana). Estará vigente, por el momento, durante 14 días naturales.
No habrá cuarentena para los pasajeros que hagan escala en España y sean ciudadanos o residentes en países de la Unión Europea y estados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, siempre que vayan a ese país. Tampoco el personal aeronáutico. La cuarentena puede finalizar antes, al séptimo día, si hay test negativo. Solo podrán salir de su alojamiento para adquirir alimentos o medicamentos, ir a centros sanitarios o por causas de fuerza mayor. La policía podrá comprobar que cumplen la cuarentena.
Además, esta medida trae consigo otra en paralelo: tal y como establece la orden de fronteras, si a un país se le aplica cuarentena quienes lleguen de ahí solo pueden acceder en unos supuestos muy tasados, más estrictos que los del resto de países: si eres ciudadano español o andorrano, así como las parejas o ascendientes o descendientes que se reúnan contigo, o residente en esos dos países; si eres residente o con visado de larga duración de un país europeo o Schengen, pero de camino a ese país; trabajadores del de aviones o barcos o por causas familiares acreditadas.
Estas medidas se suman a las aprobada el sábado, también de cara a evitar la llegada de la variante Ómicron, que creaba esa categoría de alto riesgo para exigir a quienes lleguen de esos siete países africanos un test negativo siempre, estén vacunados o no.
Además, y también el sábado, se modificaron las reglas de entrada para que quienes lleguen desde Gran Bretaña e Irlanda del Norte ya no tengan un trato especial y deberán cumplir los mismos requisitos de entrada que el resto de países no europeos: o están entre algunas de las excepciones al cierre, como ser ciudadanos españoles o causas de fuerza mayor, o están vacunados. Hasta ahora, desde estos países se permitía la entrada a los no vacunados que mostraran una PCR negativa. Además, esa orden sacó a Namibia de la lista de países seguros, desde los que se puede entrar incluso sin vacunar.
Zonas de riesgo y de alto riesgo
A la hora de entrar en España, existían dos categorías de países: las zonas de riesgo y las que no lo son. Quienes llegan desde una zona de riesgo deben presentar uno de estos tres documentos: certificado de vacunación, de prueba negativa o de recuperación. Lo que hizo la resolución del sábado es crear una nueva categoría, países de alto riesgo, desde los que será obligatorio presentar una prueba negativa siempre, PCR con 72 horas o test e antígenos las 48 antes del viaje, aunque la persona esté vacunada o se haya recuperado.
Y, ¿de qué países estamos hablando? Los mismos a los que ahora se les impone la cuarentena, listado en los documentos de Sanidad.
Cómo quedan las fronteras
Así, para entrar en España hay que tener en cuenta dos factores: las reglas de entrada y qué documentos son necesarios en cada caso.
En cuanto a las reglas de entrada, hay tres categorías: países desde los que la entrada es libre (los europeos más las zonas seguras, que se van actualizando en la web de Sanidad), países desde los que se puede entrar solo si estás en alguna de las excepciones o estás vacunado y países de alto riesgo, desde los que solo se puede entrar solo si eres español o andorrano y residentes o con visado de larga duración de la Unión Europea o Schengen que vayan a su país.
¿Quiénes pueden entrar en España?
- Ciudadanos europeos, vengan de donde vengan.
- Residentes en cualquier país de la Unión Europea, estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino, pero siempre que se dirijan al país en el que viven, vengan de donde vengan.
- Personas que lleguen desde Arabia Saudí, Argentina, Australia, Baréin, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Indonesia, Jordania, Kuwait, Nueva Zelanda, Perú, Qatar, Ruanda, Taiwan, Uruguay y China.
- Desde Botsuana, Suazilandia, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbaue: solo en los casos anteriores o por motivos familiares acreditados, con test negativo y cumpliendo cuarentena.
- Para quienes lleguen del resto de países del mundo:
- Personas vacunadas (con pauta completa finalizada al menos 14 días antes del viaje).
- Titulares de un visado de larga duración de un país Schengen, siempre que se dirijan a ese país. También estudiantes con visado que vayan a esos países, siempre que entren durante el curso o los 15 días previos. Si el viaje es por menos de 90 días, debe tratarse de un curso oficial.
- Profesionales de la salud (incluye a investigadores y personas dedicadas al cuidado de mayores) que se dirijan o regresen a su lugar de trabajo.
- Personal de transporte de mercancías y tripulantes de buques y personal de vuelo.
- Personal diplomático, de organizaciones internacionales y militares, e organizaciones humanitarias, pero siempre durante su trabajo.
- Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluidos deportistas.
- Por motivos familiares imperativos o de fuerza mayor o necesidad.
Esa es la norma en lo relativo a quién puede entrar y quién no. Pero otra cosa muy distinta es qué requisitos se exigen en cada caso.
Todo el mundo tiene que rellenar un formulario de control sanitario general, pero a quienes vengan de zonas de riesgo se les exigirá o certificado de vacunación o de recuperación o de test negativo. Esta obligación no afecta a los menores de seis años que les acompañen.
Y, a partir de ahora, quienes vengan de zonas de alto riesgo, aún por definir, además de entrar en las excepciones anteriores, tendrán que presentar siempre prueba negativa, ya sea PCR o antígenos, y guardar cuarentena durante diez días.
Buenos días. Y cuídense.
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