Emergencia de interés nacional, alarma, catástrofe... Las claves de los diferentes estados para gestionar las consecuencias de la DANA
Las legislaciones estatal y autonómica contemplan diferentes grados operativos de protección civil y emergencias, que se traducen en qué se puede hacer y quién tiene el mando en cada caso.
Durante estos días, ante la catastrófica situación que se ha vivido y se sigue viviendo en Valencia, entre otras zonas, por el paso de la DANA, se ha estado hablando de diferentes estados posibles para gestionar la situación, que a veces se mezclan o se confunden. Describimos los principios básicos de las diferentes opciones:
Emergencia de interés nacional
Es de lo que más se está hablando estos días y están regulados en la Ley de protección civil y en el decreto que la desarrolla, que establece tres niveles de emergencia: situación operativa 1 (cuando la entidad responsable puede afrontarla con recursos propios), situación operativa 2 (cuando sigue liderando la autoridad autonómica, pero recibe asistencia de otras zonas o recursos estatales, como está pasando ahora mismo en Valencia) y situación operativa 3 o emergencia de interés nacional, de la que estamos hablando estos días.
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¿Cuándo se puede declarar? En situaciones de emergencia que requieran para proteger a personas o bienes un estado de alarma (pero ojo a confundirlo con este, que es otra cosa); cuando sea necesario coordinar a administraciones diversas y recursos más allá de una comunidad autónoma; y, la más abierta, en emergencias que, “por sus dimensiones efectivas o previsibles, requieran una dirección de carácter nacional”.
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¿Quién lo puede declarar? El Ministro del Interior, bien por iniciativa propia (pero informando a la comunidad autónoma), bien a petición de la comunidad autónoma afectada o la delegación del Gobierno de la zona.
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¿Qué implica? Si se aprueba, el propio ministro Fernando Grande-Marlaska pasaría a dirigir las labores de rescate y ayuda y el presidente valenciano, Carlos Mazón, dejaría de liderar el operativo.
Estados de alarma, excepción y sitio
Son un nivel muy superior, en términos legales, no solo centrado en protección civil y, por lo tanto, más abierto, que se puede usar en casos de emergencias, catástrofes o guerras, entre otros, y parten de una Ley orgánica. Esta norma es la que sirvió de base en la pandemia, en la que durante meses estuvo declarado el estado de alarma, el más bajo de los tres.
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¿Cuándo se puede declarar? El estado de alarma se puede usar en crisis sanitarias, como con el covid, pero también si hay paralización de servicios públicos esenciales, desabastecimiento de productos de primera necesidad, terremotos, incendios y, también, inundaciones. Y se puede declarar en todo el país o solo en una parte.
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¿Quién lo puede declarar? Se aprueba en Consejo de ministros, por decreto, durante 15 días, y las prórrogas son las que, como pasó durante la pandemia, necesitan la aprobación del Congreso. Si estas “alteraciones graves de la normalidad” afectan solo al territorio de una comunidad autónoma, el presidente de la misma, en este caso Mazón, puede pedir que se declare ese estado de alarma. Puede pedirlo, pero no es necesario para que se ponga en marcha.
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¿Qué implica? En cada estado de alarma hay una autoridad competente, que puede ser el propio presidente del Gobierno o el presidente de la comunidad autónoma, dependiendo de lo que se decida, y que coordina todos los efectivos necesarios. Se trata de un nivel de emergencia bastante elevado, puesto que permite limitar la circulación, requisar productos y ocupar fábricas, entre otras medidas.
Emergencia catastrófica en la legislación valenciana
La ley valenciana de protección civil y gestión de emergencias también regula distintos estados posibles. Y establece que, mientras haya una emergencia, es el conseller del ramo el responsable.
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¿Cuándo se puede declarar? En casos “particularmente graves” y mientras no se declaren ninguno de los estados estatales ya comentados (alarma o emergencia de interés nacional), el presidente de la Generalitat podrá declarar “situación de emergencia catastrófica”.
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¿Qué implica? Eso supondría que asume el mando único de todo el operativo. Además, se podrán dictar normas de urgencia para afrontar las necesidades de la emergencia.
Todo esto son estados operativos, que se traducen en qué se puede hacer y quién tiene el mando. Existen otras declaraciones, como la de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, que se declarará previsiblemente en el Consejo de ministros de este martes, que incluirá beneficios fiscales y ayudas para los afectados y en materia laboral y de Seguridad Social.
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