El BOE hoy recoge dos decretos ley que sustituyen al aprobado en diciembre, un paquete de medidas entre las que destacaba la revalorización de las pensiones, y que cayó en el Congreso hace solo una semana.

Las diferencias entre lo aprobado entonces y lo que llega hoy al BOE son tres: por un lado, el Gobierno ha partido el contenido en dos decretos ley, lo que permite debatirlos y aprobarlos por separado; por otro, reduce la protección antidesahucios para personas vulnerables, porque deja fuera a quienes estén en viviendas de caseros con uno o dos pisos. Y la única medida del decreto ley de diciembre que no aparece en ninguno de los dos textos es la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta que se apruebe uno nuevo para 2026.

El decreto ley de la subida de las pensiones se mantiene igual. Incluye el aumento general del 2,7% para las contributivas, y superiores en otro tipo de pensiones, llegando al 11,35% de aumento en las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). En ese paquete también entran otras medidas de la Seguridad Social como el aumento del Mecanismo de Equilibrio Intergeneracional (MEI). Y no se notará el tiempo desde que se derogó el decreto ley de diciembre: los pensionistas cobraron la subida en enero y, gracias a este nuevo texto, cobrarán lo mismo en febrero.

El otro decreto ley incluye buena parte de las prórrogas del llamado escudo social, con un cambio importante en el veto a desahucios para personas vulnerables, que ya no se aplicará si el casero tiene menos de tres pisos.

El decreto ley de las pensiones entra en vigor hoy mismo y el del escudo social lo hace mañana. Ambos, que se debatirán y votarán por separado, tienen 30 días para ser convalidados en el Congreso.

Medidas más importantes en el decreto ley de pensiones

  • Revalorización de las pensiones y del IMV
  • Subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
  • Aumento de la cotización de solidaridad para rentas altas
  • Topes máximos de las bases de cotización (los mínimos dependerán del SMI) y tablas de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Cotización adicional para bomberos forestales y agentes forestales y medioambientales para que puedan reducir su edad de jubilación
  • Prórroga de la posibilidad de que los médicos y médicas de atención primaria puedan compatibilizar parte de su pensión con el trabajo

Medidas más importantes en el decreto ley de escudo social:

  • Prórroga del veto a los desahucios para personas vulnerables, excepto si el propietario tiene menos de tres viviendas
  • Prórroga de las compensaciones a los propietarios afectados por la medida anterior
  • El bono social sigue como hasta diciembre, con descuentos del 42,5% y del 57,5%
  • Se prorroga la prohibición de corte de suministros de agua y energía
  • Deducciones en el IRPF para obras de eficiencia energética en viviendas y compra de vehículos sostenibles
  • Exenciones fiscales en ayudas por los incendios y extensión de ayudas por la DANA
  • Entregas a cuenta a las comunidades autónomas y las entidades locales

El cambio en el veto a algunos desahucios

El decreto ley que lleva buena parte de las medidas del escudo social no solo va por separado, sino que cambia. Así, por primera vez desde que se aprobó en 2020, el veto a los desahucios a personas vulnerables se prorroga durante 2026, sí, pero con matices.

En el caso de desahucios a personas o familias vulnerables que vivan de alquiler, la cosa cambia. Hasta ahora, podían pedir al juez que suspendiera el desahucio hasta que tuvieran un lugar en el que vivir todas las personas que cumplieran las condiciones: estar sin trabajo o haber perdido una buena parte de los ingresos; no superar 3 veces el IPREM, con variables en caso de menores o personas con discapacidad; que el alquiler supusiera una parte importantísima de esos ingresos… Solo había una excepción: que el propietario de la vivienda acreditara que también estaba en una situación vulnerable o podía estarlo si no se les echaba. El decreto ley aprobado hoy añade otra excepción: que ese casero tenga menos de tres viviendas. Así, ya no se aplicará esta protección a quienes, pese a cumplir todas las condiciones, vivan en casas de personas que tengan en propiedad una o dos viviendas. Y el juez no podrá suspender el desahucio.

Y, ¿qué pasa con los desahucios que se volvieron a activar entre el 27 de enero, cuando se derogó el primer texto en el Congreso; y mañana, cuando entra en vigor este? ¿Cómo quedan las personas en ese limbo? Todos los desahucios que estuvieran suspendidos a 27 de enero lo seguirán estando sin necesidad de pedirlo de nuevo.

El nuevo texto incluye también una frase extra cuando habla de que las administraciones públicas deberán buscar una vivienda a las personas afectadas para así poder levantar la suspensión del desahucio: dice que lo harán “de forma prioritaria”. Esa coletilla no va acompañada de medidas presupuestarias o legales para hacerla efectiva.

La norma mantiene, esta sin cambios, la compensación a los propietarios que se vean afectados por esta paralización.

Las dos vías para poder paralizar el desahucio

Dejar fuera del paraguas a quienes vivan en casas de propietarios de menos de tres viviendas afecta a una de las vías de posible veto a los desahucios, la de quienes no pueden pagar el alquiler. La otra vía es la de quienes viven en una casa sin contrato. En este segundo caso las condiciones son muchísimo más exigentes, y no han cambiado en este nuevo texto: además de acreditar la vulnerabilidad económica, tiene que haber en la familia alguna persona dependiente o menores o víctimas de violencia machista; debe demostrarse una “extrema necesidad”, según los servicios sociales, y las personas afectadas tienen que cooperar con ellos; no aplica si se realizan actividades ilícitas, si se ha entrado con violencia o intimidación o, y esto es importante, si se accedió a la vivienda después de que se aprobara esta medida en 2020.

Además, esta posible suspensión temporal del desahucio, aún si se cumplieran todas estas condiciones, solo se pondría en marcha en viviendas de empresas o de personas con más de diez casas, y nunca en las que cualquier persona tuviera su casa o una segunda residencia.

Las que sí se prorrogan sin cambios son el resto de medidas del escudo social, como la prohibición de corte de suministros de agua, luz y gas de personas vulnerables o la extensión de ayudas a personas afectadas por la DANA.

En cuanto al bono social, vuelve a estar como en diciembre: con descuentos del 42,5% para hogares vulnerables y del 57,5% para vulnerables severos. Así, no se aplica la reducción de este descuento que estaba planificaba en normativas anteriores y que suponía pasar a un 30 y 50% en 2026. Si las compañías han pasado alguna factura durante esta semana de limbo con descuentos inferiores, lo compensarán en la siguiente.

En paralelo, también prorroga durante 2026 la deducción por obras de eficiencia energética en viviendas y por la compra de vehículos eléctricos o puntos de recarga. Y, a falta de presupuestos, establece la tabla de entregas a cuenta a las comunidades autónomas y entidades locales, entre otras medidas.

Las pensiones, con otras medidas de Seguridad Social

La revalorización general para 2026 de las pensiones contributivas será, pues, como en el anterior decreto ley, del 2,7%, en línea con la inflación y tanto de las de la Seguridad Social como de Clases Pasivas. También sube ese porcentaje el complemento para reducir la brecha de género, que queda en 36,9 euros al mes.

Para las pensiones más bajas, como las mínimas y las no contributivas, la subida es mayor. Las mínimas serán desde un 7,07% extras, pero podrá llegar hasta casi el 11,4% anunciado (un 11,35%) en aquellas con cónyuge a cargo o en las de viudedad con cargas familiares.

Tanto las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) subirán ese 11,35%. Eso significa que pasan de 7905,8 euros anuales a 8803,2. O, lo que es lo mismo, el IMV básico -una persona sola- pasa a ser de 733,6 euros mensuales.

También aumentan los límites máximos y las cuantías de muchas otras prestaciones, como las ayudas por menor a cargo. El Complemento de Ayuda a la Infancia, por ejemplo, será de 637,92 euros anuales. Y el límite máximo de las pensiones pasa a ser de 3.359,6 euros al mes. Todas estas medidas serán retroactivas, desde el 1 de enero, para que se note el cambio.

El decreto ley de pensiones también incluye la ya planificada subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) al 0,9%, un 0,75% a cargo de la empresa y el 15% restante a cargo de la persona trabajadora (frente al 0,67 y 0,13% actuales). Y también sube la cotización adicional de solidaridad, para aquellas personas con ingresos superiores a 5.101,21 euros mensuales, el impuesto aprobado en 2023 que irá creciendo año a año y que grava los salarios más altos.

Además, incluye una cotización adicional para bomberos forestales y agentes forestales y medioambientales para que puedan reducir su edad de jubilación. Y alarga a 2026 la posibilidad de que los médicos y médicas de atención primaria puedan compatibilizar el 65% de su pensión con el trabajo. Esta última medida no tendrá tampoco sobresaltos por la caída del decreto ley anterior: se aplica de forma retroactiva desde el 25 de diciembre.

La norma también mantiene las cuotas de los autónomos iguales hasta que haya acuerdo, elimina la obligación de presentar la declaración de la renta a quienes reciben subsidios por desempleo y publica las tablas de cotización para cada sector por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Segundo intento, como hace un año

Esta no es la primera vez que un decreto ley de fin de año que incluye la revalorización de las pensiones cae en el Congreso y se vuelve a aprobar en enero, pero con cambios. Hace un año, buena parte de estas medidas se incluyeron en otro decreto ley que trataba muchos otros asuntos -bastante más grande- y que finalmente cayó en el Congreso. Ya entrado enero, se aprobó con algunas modificaciones.

Pero, eso sí, lo que no es tan habitual es que los decretos ley no se acaben aprobando en el Congreso. Como publicó Civio, de 1996 a 2022 solo se derogaron cuatro de 467. Desde entonces, han caído otros cuatro: el primer intento de reformar el subsidio por desempleo, que se volvió a presentar, con cambios, un tiempo después, para entonces sí ser aprobado; y los dos que se cancelaron hace justo un año: la prórroga de entonces de los descuentos en los abonos transporte y el decreto ley que subía las pensiones, muy similar al derogado hace una semana.

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