Cuando en julio de 2025 el Gobierno presentó su Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, en Civio advertimos de que su medida estrella, la creación de una “superagencia” anticorrupción, entrañaba un riesgo claro: centralizar competencias sin garantizar la independencia del nuevo organismo. Siete meses después, hemos analizado el anteproyecto completo y presentado alegaciones con propuestas concretas en los tres ámbitos donde nuestra experiencia es más sólida: la financiación de partidos, la contratación pública y la nueva Agencia.

El balance es desigual. Hay avances reales que llevamos años reclamando. Pero el núcleo del anteproyecto, la arquitectura institucional de la Agencia, presenta fallos que, si no se corrigen, pueden convertir las buenas herramientas en instrumentos del poder político de turno.

Financiación de partidos: un avance que necesita dientes

La bajada del umbral de donaciones privadas que deben hacerse públicas, de 25.000 a 2.500 euros, es una de las medidas más relevantes del anteproyecto. En un país donde la mayoría de formaciones se las arreglan para ocultar quién las financia, poner el foco en donaciones más pequeñas es un paso serio. Lo mismo la transparencia total en aportaciones para campañas electorales.

Pero su eficacia depende del régimen sancionador. Y aquí el texto es contradictorio: no publicar las donaciones es sanción leve; hacerlo de forma reiterada, grave. Suena razonable hasta que se mira la realidad: hoy, con el umbral de 25.000 euros, la mayoría de los partidos no proporciona esta información. Alegan que los datos figuran en un anexo que resulta convenientemente eliminado, o dan el número de donaciones pero no quién es el donante. Si el incumplimiento del umbral anterior no ha tenido consecuencias, no hay razón para pensar que el nuevo vaya a ser distinto. La ocultación debe ser falta grave desde la primera vez, o el cambio de umbral será un titular sin efecto.

Es imprescindible, además, que las mismas reglas se apliquen a las fundaciones dependientes de partidos, que han funcionado como puertas de atrás para la financiación de formaciones políticas. Y que el cumplimiento no se quede en una simple declaración responsable: se necesitan mecanismos de comprobación y sanciones reales por proporcionar información falsa.

Contratación pública: el problema son los datos

En contratación, el anteproyecto da pasos que llevamos reclamando desde hace una década (aquí, nuestras recomendaciones de 20216). Publicar la identidad de todos los licitadores, los importes ofertados, las puntuaciones obtenidas y las prórrogas y ampliaciones de contratos es lo mínimo para poder vigilar. Que por fin se plantee un sistema de banderas rojas es una buena noticia.

Datos erróneos que nadie detecta

Lo vemos a menudo en nuestras investigaciones. Un ejemplo: que el Ayuntamiento de Oviedo publique su adjudicación del mantenimiento de seis vehículos por 251.000 millones de euros -143 veces el presupuesto de Sanidad de toda Asturias- obviamente es un fallo en sus datos. Pero que ni los propios entes públicos ni las plataformas de contratación detecten los casos más obvios refleja que el problema no es puntual, sino de todo el proceso, que no funciona.

Falta, sin embargo, lo más básico: la calidad de los datos. El Gobierno propone herramientas de big data e inteligencia artificial para detectar patrones de corrupción. Muy bien, pero esas herramientas necesitan datos ciertos, limpios, estructurados y en formatos abiertos. Y lo que hay hoy es justo lo contrario. La identidad de los licitadores, que ya es obligatorio publicar, se esconde en muchísimos casos en actas escaneadas e ilegibles. Los objetos de los contratos menores se describen con alusiones genéricas como “servicios” o “suministros”, sin acotar a qué se refieren. Muchos campos de información de la Plataforma de Contratos son libres, lo que permite introducir datos con todo tipo de errores y sin uniformidad. Y una parte significativa de la información relevante de cada contrato simplemente no está en formato reutilizable. Lo sabemos porque llevamos años descargando, limpiando e investigando estos datos de forma masiva: si la materia prima es defectuosa, ninguna tecnología va a poder sacar nada en limpio. La Plataforma de Contratos del Sector Público debe estar diseñada desde el principio para que toda la información relevante se publique en formatos abiertos, con campos estructurados que minimicen errores. Toda la información, no solo una parte. Y en abierto por defecto, no como excepción.

Además, hay agujeros que la reforma no tapa. La ley sigue permitiendo modificaciones no previstas en los pliegos de hasta un 50% del precio inicial: lo dijimos en 2017 y lo repetimos, debe bajar al 10%. El registro de licitadores debería ser totalmente público, sin necesidad de identificación. También reclamamos un buzón ciudadano anónimo para denunciar irregularidades en la contratación. En caso de cárteles, ninguna empresa participante va a denunciar al resto, así que necesitamos que otros actores puedan dar la voz de alarma.

La Agencia: más poder que nunca, menos contrapesos que nadie

La Agencia Independiente de Integridad Pública concentrará competencias de investigación, sanción, protección del informante, conflictos de intereses, financiación de partidos, contratos públicos,… Será, con diferencia, el organismo más poderoso del ecosistema anticorrupción español. Más que el Consejo de Transparencia, la Oficina de Conflictos de Intereses y el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude juntos. De hecho, los dos últimos serán absorbidos por ella si el anteproyecto prospera.

¿Y quién controlará a este organismo? En la práctica, el Ministerio de Hacienda, que es a su vez uno de los principales sujetos fiscalizados.

Hacienda propone a quien dirige la Agencia, aprueba su Estatuto (donde se decide la composición del Consejo Rector, la estructura interna y las funciones de cada Dirección) y controla su presupuesto, pudiendo recortarlo antes de que llegue al Parlamento. El controlado financia, nombra y diseña las reglas del controlador. La ley dice que esta vinculación “no afectará a su autonomía funcional e independencia”. La experiencia institucional española dice lo contrario. Sin ir más lejos, recientemente, el Ministerio de Hacienda ha propuesto a una subordinada directa de la vicepresidenta Montero para presidir la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), desobedeciendo la petición explícita de la presidenta saliente de que su sucesor no procediera del Gobierno para preservar la independencia de la institución. Es exactamente el tipo de nombramiento que este anteproyecto hace posible también para la Agencia. Y eso que existen alternativas, porque el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas, instituciones de control con décadas de trayectoria, dependen de las Cortes, no del Gobierno.

Otros problemas de la Agencia

  • El nombramiento. La Presidencia se nombra a propuesta de Hacienda con un refrendo del Congreso por mayoría simple. Así, el partido en el Gobierno puede imponer a su candidatura salvo oposición activa de una mayoría parlamentaria. Para un organismo con este nivel de poder, la mayoría simple es insuficiente.

  • El cese. La Presidencia puede ser destituida por el Consejo de Ministros alegando “incumplimiento grave de sus obligaciones”, un concepto que la ley no define, sin audiencia previa, sin intervención parlamentaria, sin control externo.

  • Las Direcciones. Los responsables operativos de las investigaciones son nombrados también a propuesta de Hacienda, sin que la Presidencia de la Agencia tenga voz. Si quien dirige no elige a quien realizará las investigaciones, su autoridad real será nula. Y las personas al frente de las investigaciones pueden acabar teniendo más lealtad al Ministerio que las nombra que a la agencia para la que trabajan.

  • La sociedad civil. La Comisión Consultiva, único espacio previsto para la participación, queda remitida al Estatuto que aprueba el Gobierno, con funciones decorativas y reuniones semestrales. No se menciona a organizaciones anticorrupción ni a la ciudadanía. Es una omisión que, por desgracia, conocemos bien.

  • Control parlamentario y transparencia. La Agencia rinde cuentas mediante una memoria anual sin contenido mínimo obligatorio, sin publicidad garantizada y sin mecanismo de seguimiento. Y no tiene, de momento, obligaciones de transparencia propias: no se le exige publicar resoluciones, investigaciones, circulares ni datos de actividad.

  • Los plazos. La ley entra en vigor en veinte días, pero no fija plazo para aprobar el Estatuto ni para constituir la Agencia. Las disposiciones transitorias permiten que los órganos preexistentes mantengan su estructura indefinidamente. España tiene larga tradición de leyes vigentes con organismos que tardan años en ponerse en marcha. Sin plazos vinculantes, la implementación queda a merced de la voluntad política de turno.

El fondo del problema

En suma, este anteproyecto contiene herramientas valiosas: potestad sancionadora, multas coercitivas, mayor transparencia en donaciones y contratos, canal de denuncias. Son piezas que, bien ensambladas, podrían cambiar de verdad el ecosistema de integridad pública en España. Pero necesitan una arquitectura institucional que garantice que quien las usa es independiente del poder al que debe vigilar. Y esa arquitectura, a día de hoy, no está en el texto. Y el truco de eso dejarlo para más adelante ya lo conocemos: no se lleva a cabo.

No pedimos la perfección: pedimos los mínimos que cualquier organismo anticorrupción necesita para funcionar: independencia real del ejecutivo, participación de la sociedad civil con funciones reales, control parlamentario que no sea un trámite, transparencia sobre su propia actividad y plazos que obliguen a cumplir. Y que las buenas medidas en financiación de partidos y contratación vengan con sanciones que se cumplan y datos que sirvan. Sin eso, lo que tenemos es un organismo con más poder que todos los que absorbe y con menos contrapesos e independencia que muchos de ellos.