Defensa expone a funcionarios y altos cargos a multas por no entregar una información pública
Tras una última sentencia del Tribunal Supremo, el ministerio de Margarita Robles debía entregar una información solicitada por Civio hace más de cinco años. La justicia amenaza con exigir responsabilidades, incluidas penales.
Ultimátum del Juzgado central de lo contencioso-administrativo al Ministerio de Defensa. O ejecuta una sentencia firme sobre transparencia o avisa de posibles multas a altos cargos o empleados públicos, además de responsabilidades penales.
Cronología
2015 - Civio pide la información a Defensa. El Ministerio de Defensa apela a la Ley de Secretos Oficiales y a los límites de la Ley de Transparencia para denegar la información.
2016 - El Consejo de Transparencia estima parcialmente que el ministerio debe facilitar la información en un mes. Defensa reitera su negativa sin fundamento jurídico, y acaba interponiendo un contencioso-administrativo contra la resolución del Consejo. Civio es parte personada.
2017 - El juzgado central de lo contencioso-administrativo desestima el recurso de Defensa contra la resolución del Consejo. La Abogacía del Estado, en representación de Defensa, recurre la sentencia de primera instancia. La Sala de Audiencia Nacional estima en parte el recurso de apelación de Defensa, pero le insta a dar la información solo a partir de diciembre de 2014. La sentencia aún no es firme. Civio presenta su recurso.
2018 - Defensa facilita los datos a El País y no a Civio, castigando así a quien batalló durante años por esa información y, además, ocultando la información anterior a la entrada en vigor de la Ley de Transparencia. El Supremo admite a trámite el recurso de Civio contra la sentencia de la Audiencia Nacional.
2020 - El Supremo da la razón a Civio y todas las administraciones tendrán que dar acceso a información anterior a la entrada en vigor de la ley de transparencia. Civio solicita la ejecución de la sentencia ante la inacción del Gobierno.
El pasado 3 de marzo de 2020, un año antes, el Tribunal Supremo estimó el recurso de casación de Civio y sentenció que el ministerio de Margarita Robles debía informar de las personas que hicieron uso de los vuelos oficiales, más allá de 2014, año de entrada en vigor de la Ley de Transparencia. La Casa Real y el presidente del Gobierno se quedarían al margen, resguardados por la Ley de Secretos Oficiales. Pese a todo, a día de hoy, Defensa no ha querido entregar esta información a Civio, que solicitamos hace más de cinco años. No es la primera vez que el Gobierno se niega a acatar una resolución del CTBG; aunque este caso incumple las sentencias de varios jueces, aún más grave.
Contra la última sentencia, de marzo del año pasado, no cabía recurso. Era el final del camino para Defensa, que debía ejecutarla. Pero esto no pasó. Y Civio registró una solicitud de ejecución de sentencia en septiembre, debido a la suspensión de plazos que el Gobierno decretó en los primeros compases de la pandemia. El trasiego de oficios y notificaciones empieza a ver su final el 7 de enero de 2021, cuando el primer juzgado que intervino en el caso, el central de lo contencioso-administrativo exige a Defensa que en un plazo de diez días “informe sobre las actuaciones practicadas” para el ejecución de las sentencias. Pero el documento que envió Defensa no decía nada. En una nueva diligencia, el juzgado reitera su petición. O cumplen o les amenaza. Esto es lo que, de forma literal, dice el apercibimiento:
- Se podrán adoptar las medidas necesarias para lograr su efectividad.
- Se podrán imponer multas coercitivas a las autoridades, funcionarios o agentes, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar.
- Se podrá deducir el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.
A preguntas de Civio, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que en 2016 resolvió a favor del acceso a esta información, responde que “la única valoración que podemos hacer es la de recordar que tanto las resoluciones judiciales como las administrativas, una vez que devienen firmes, son de obligado cumplimiento”.
Esta vez, el tiempo que el juzgado ha dado a Defensa para pronunciarse es de cinco días hábiles. Y, según nuestros cálculos, el plazo ya ha vencido.
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