Esta medida se ha ido prorrogando de diez días en diez días. La última ampliación la mantiene hasta el 23 de mayo, incluido.

El BOE extraordinario de hoy domingo recoge una orden ministerial que aplica el acuerdo del Consejo Europeo del pasado martes y que decreta el cierre total de fronteras, también para ciudadanos europeos, excepto si se dirigen a su residencia y para otras excepciones como los transportistas o la atención a obligaciones familiares.

La medida aplica la prohibición de la entrada a la UE de ciudadanos de otros países y limita el movimiento entre estados europeos, con excepciones.

Así, desde la medianoche de domingo 22 a lunes 23 y durante 30 días, solo podrán entrar en España:

Excepciones al cierre de fronteras

  • Españoles o residentes en España.
  • Ciudadanos europeos o de estados Schengen siempre que se dirijan directamente a su lugar de residencia o tengan residencia en España.
  • Trabajadores transfronterizos.
  • Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que vayan a trabajar.
  • Transportistas y personal de vuelo necesario en los viajes.
  • Personal diplomático, militares y miembros de organizaciones internacionales, también organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
  • Por motivos familiares “imperativos” acreditados.
  • Motivos de fuerza mayor, humanitarios o de necesidad, pero también documentados.

Además, el cierre no será de aplicación en la frontera terrestre con Andorra y Gibraltar, aunque se vigilará que los viajes sean para cumplir alguna de las excepciones a la cuarentena decretadas en el estado de alarma.

Sí se cierran los puestos de entrada a España desde Ceuta y Melilla.

Este cierre total de fronteras, con las excepciones mencionadas, supone un paso más allá al decretado hace casi una semana, que aplicaba solo a las entradas por carretera. Así, ahora tampoco se permite el desembarque de pasajeros de aviones, barcos o trenes, por ejemplo.

Buenas tardes. Y cuídense.

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