Baleares podrá recibir ferris desde la península pero Canarias no
Levanta el veto a los vuelos comerciales entre islas en Fase 1, pero por el momento solo para las excepciones a la cuarentena, como el cuidado de dependientes, las visitas médicas o los viajes por trabajo.
El BOE extraordinario de hoy recoge una orden ministerial que abre poco a poco las limitaciones de vuelos y barcos en Baleares y Canarias.
Pero, eso sí, tanto en los vuelos como en los viajes en barco, solo se permiten, por el momento, como hasta ahora, para las excepciones a la cuarentena establecidas desde el principio del estado de alarma, como el cuidado de menores o dependientes o los desplazamientos para ir a trabajar. O, sin límites, para el transporte de mercancías.
Mientras en Canarias sigue vigente la prohibición de desembarcar ferris u otros barcos que lleguen desde la península (excepto para transporte de mercancías), en Baleares se permite desde que entra en Fase 1, esto es, el próximo lunes 11. Eso sí, como en todos los viajes, por el momento solo se permitirán para las excepciones al confinamiento del estado de alarma.
Sí se permiten, en ambos casos, las líneas comerciales por mar entre islas, que serán reguladas por los respectivos gobiernos autonómicos. Además, en ambos casos y para fase 1, se da vía libre al uso de embarcaciones de recreo o deportivas dentro del litoral del municipio o hasta islas no habitadas, con diferencias entre ambos archipiélagos: en Baleares se permite, en general, el uso de estos barcos; en Canarias, para actividades turísticas (no cruceros), prácticas y cursos de formación y por ocio o deporte.
Vuelos comerciales entre islas, pero no con la península
En ambos archipiélagos se levanta el veto a los vuelos comerciales regulares entre islas desde el lunes 11 de mayo dentro de la Fase 1 de la desescalada, aunque siguen prohibidos -excepto por las excepciones a la cuarentena y para unos máximos diarios- entre la península y las islas. También siguen prohibidos los taxis aéreos o vuelos privados similares, excepto por razones humanitarias, de repatriación, atención médica o interés público.
Las compañías que quieran empezar a ofrecer servicio entre islas no podrán ocupar más de un 50% de los asientos. Y respetar los precios máximos o de referencia establecidos en cada caso.
Seguirá habiendo servicios mínimos imprescindibles, como los vuelos entre Gran Canaria y Tenerife, Fuerteventura y Lanzarote; y entre Tenerife y La Palma y El Hierro, en Canarias. O entre Palma de Mallorca e Ibiza y Menorca, en Baleares. Esos vuelos deberán llevarse a cabo sí o sí. Si ninguna compañía se ofrece, el Gobierno contratará estos servicios, como lo ha ido haciendo hasta ahora con Binter Canarias y Air Europa. De hecho, la orden establece que los contratos actuales finalizarán en cuanto las compañías empiecen a ofrecer esos mismos vuelos de forma libre.
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