El BOE de hoy publica una resolución del Ministerio de Sanidad que da un paso más en la relajación del control de fronteras por el covid, camino a la apertura total: los pasajeros que provengan de algún país de la Unión Europea (UE) o del espacio Schengen ya no serán sometidos a ningún control a su llegada a España por mar y aire. Así, desde hoy mismo, ya no es necesario mostrar el certificado Covid o equivalentes.

Así, por el momento, solo quienes lleguen de otros países fuera de Europa deberán seguir aportando documentación que les permita entrar, ya sea el certificado de vacunación, el de recuperación o el de test negativo. De hecho, hace solo unos días se relajó también la lista de quiénes pueden entrar, la que marca Interior: cualquier persona de cualquier país del mundo, fuera de la UE, que cuente con uno de esos tres certificados.

Certificados necesarios solo para quienes lleguen desde fuera de la UE o el espacio Schengen

  • Vacunación: pauta completa (dos primeras dosis en la mayoría de casos) finalizada nueve meses antes del viaje y 14 días después de la última dosis. Si han pasado esos nueve meses, será necesaria una dosis de refuerzo para que sea válida.

  • Recuperación: certificado médico de haber dado positivo entre los 11 y los 180 días antes del viaje.

  • Prueba. PCR 72 horas antes de la salida o test aprobado por la UE 24 horas antes de volar. La norma de hoy, de hecho, cambia cómo se cuentan las horas, ya que antes se contaban antes de la llegada a España y ahora antes de la salida del vuelo.

Todo esto afecta solo a quienes lleguen en barco o en avión, puesto que los controles terrestres se han eliminado.

Buenos días.