Tres empresas de Ceuta, con sanciones muy graves por incumplir las reglas de prevención de riesgos laborales
Las compañías infractoras son Africana de Construcciones y Contratas (ACC), Prevención Ecos y Capote y Alba Ceuta .
El BOE de hoy recoge una resolución del Ministerio de Trabajo y Economía Social que hace públicas las sanciones muy graves, ya firmes, impuestas a tres empresas de Ceuta por incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales.
La que se lleva la mayor sanción es Africana de Construcciones y Contratas (ACC), con 44.142 euros, por no contar con los recursos de prevención obligatorios o no usarlos del modo adecuado en actividades peligrosas o con riesgos especiales. Capote y Alba Ceuta, una empresa de fontanería e instalación de aire acondicionado y calefacción, ha sido sancionada con 29.508,6€ por no tomar las medidas de prevención de riesgos obligatorias con “riesgo grave e inminente” para la seguridad y salud de los trabajadores. Prevención Ecos, compañía especializada de hecho en riesgos laborales, se lleva la misma multa, pero en su caso por no proteger la confidencialidad de los datos de salud de las personas trabajadoras.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social está obligado a publicar las infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales que sean firmes y pasarlas a un registro que se borra a los cinco años de que cada una de esas sanciones sean publicadas. Pero, buscando con palabras claves similares, es la primera vez que encontramos en el BOE la publicación de estas multas. Pueden darse dos razones: que no ha habido más sanciones impuestas por infracciones muy graves o que, hasta ahora, los diferentes gobiernos han ignorado esta obligación, marcada en un decreto de 2007.
De hecho, la publicación de hoy llega tarde en dos de las tres sanciones. La norma es clara: debe realizarse en los tres meses siguientes a que las multas sean firmes. En el caso de la de ACC, que lo fue en enero de este año; y de Prevención Ecos, en junio, el Ministerio ha publicado fuera de plazo.
El decreto de 2007 obliga a la publicación solo de las sanciones muy graves que sean firmes y, por lo tanto, deja fuera las sanciones graves y leves de prevención de riesgos laborales. Fuera de ese ámbito, la ley solo obliga a la publicación de multas muy graves por infracciones en ámbitos muy acotados, como la obstrucción a la inspección o las irregularidades en ayudas para formación o similares. El resto queda fuera y no es público.
Por esa razón, y ante el goteo de filtraciones sobre sanciones concretas a algunas empresas, desde Civio solicitamos en 2021 el listado completo de empresas sancionadas por cualquier materia laboral desde 2017. El Ministerio se negó a darnos esa información y recurrimos al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), que nos dio la razón. Pero Trabajo ha llevado esa decisión a los tribunales, en un juicio en el que estamos personados y que está pendiente de sentencia.
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