La ley de lobbies, a examen: esto es lo que defiende cada partido
El análisis de las 115 enmiendas presentadas revela una tensión clave: un consenso ilusionante entre algunos partidos para crear un supervisor independiente choca con propuestas que buscan debilitar la norma. De cómo se resuelva depende que logremos una herramienta útil contra la opacidad o una ley testimonial.
La tramitación del proyecto de ley de transparencia de los grupos de interés ofrece una última oportunidad para transformar un texto inicial fallido en una norma robusta. Nuestra conclusión es clara: el proyecto actual carece de la ambición necesaria y no se alinea con los estándares de integridad que nos exigen organismos como el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) o la OCDE, ni con los compromisos del Plan de Recuperación.
Tras más de una década exigiendo una regulación ambiciosa, hemos analizado las 115 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios. El análisis revela una encrucijada. La luz: un atisbo de consenso transversal para crear un órgano supervisor verdaderamente independiente, corrigiendo el mayor defecto del proyecto. La sombra: una batería de propuestas que buscan debilitar su alcance, reducir sus obligaciones y sembrar la ambigüedad, manteniendo peligrosas vías de opacidad en el ambito de la influencia política y legislativa.
El dilema es fundamental: ¿aprobar una ley meramente testimonial o dotar al Estado de una herramienta eficaz contra la infuencia de intereses opacos? A continuación, desgranamos los pilares que definirán el éxito o el fracaso de esta norma.
Se puede (y debe) hacer lobby transparente
Predicamos con el ejemplo. En febrero, publicamos nuestras propuestas para mejorar esta ley y las enviamos a todos los grupos parlamentarios. Tras un decepcionante debate en marzo, insistimos.
El 9 de septiembre, a petición de Sumar, nos reunimos para discutir esas mejoras. La reunión, como siempre, es pública en nuestro propio registro de reuniones e influencia.
El impacto de este trabajo es directo y tangible. Nuestras propuestas se reflejan de forma integral en un bloque de enmiendas clave (34, 36, 37, 39, 40 y 41), que recogen nuestra visión sobre algunos pilares de la ley: desde la exigencia de un supervisor independiente y un Registro con contenido exhaustivo , hasta un régimen sancionador más duro, la trazabilidad de la influencia y obligaciones para el personal público. Nuestra influencia también es visible en otras enmiendas esenciales, como las 94 y 95, que recogen nuestras peticiones sobre el personal afectado por la ley y la utilidad del Registro. Este proceso de incidencia transparente continúa, compartiendo propuestas técnicas con los grupos.
Un supervisor independiente, el consenso que debe ser innegociable
El principal defecto estructural del proyecto de ley inicial es su artículo 15: atribuir el control a la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI), un organismo dependiente del Ejecutivo. Este diseño, donde el Gobierno se vigila a sí mismo, anula completamente la credibilidad del sistema y contraviene las recomendaciones explícitas del GRECO.
Afortunadamente, este diagnóstico es compartido. La enmienda 40 de Sumar es un reflejo casi idéntico de nuestra propuesta, exigiendo un “órgano independiente”, autonomía funcional, proponiendo transitoriamente al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) e introduciendo un “buzón anónimo de denuncias”. En la misma línea, el Grupo Popular (enmiendas 90, 96, 104, 107 y 109) y EH Bildu (enmiendas 65, 72, 79 y 82) también plantean modelos más sólidos de independencia. Incluso VOX (enmienda 63) se suma, proponiendo transformar la OCI en un “ente independiente”.
La propuesta del PP es además muy específica al acotar, positivamente, en su enmienda 109, un plazo de seis meses para que el Gobierno remita un proyecto de ley para la creación de dicho ente. Sin embargo, y exceptuando a Sumar, el resto de partidos que piden un organismo independiente no detallan en sus enmiendas cuáles deberían ser sus mecanismos de nombramiento, un aspecto que es imprescindible para articular bien esa independencia.
Este punto, un supervisor independiente, no sería un avance más; es la viga maestra de la ley. No puede ser una moneda de cambio en la negociación. Por ello, instamos a los grupos a mantener esta posición y a defenderla conjuntamente, sin cuitas partidistas, para garantizar que el supervisor sea, y parezca, independiente, por el interés de la ciudadanía.
El perímetro de la ley: la batalla clave contra exenciones a medida
El principio debe ser simple: quien busca influir, debe ser transparente. La regulación debe ser funcional, aplicable a todos los actores por igual. Sin embargo, es en este punto donde las enmiendas abren las brechas más peligrosas.
-
¿Quién es “grupo de interés”? (art. 2): celebramos que la enmienda 93 del PP y la 62 de VOX se abran a incluir a partidos, patronales y sindicatos cuando ejercen lobby. Pero hay otras propuestas que directamente dinamitan el propósito de la ley. La enmienda 43 de Junts, que busca limitar la ley solo a la influencia “profesional”, o la 26 del BNG, que la restringe a la búsqueda de “beneficio económico”, son un coladero inaceptable de excepciones. Este tipo de limitaciones no existen en las regulaciones europeas y van en contra de todos los estándares internacionales, que se basan en la actividad de influencia y no en la naturaleza del actor. Las de EH Bildu (87) y Podemos (113), que buscan eximir a ONGs, plataformas o defensores de derechos humanos, parten de un error de base. La transparencia es una garantía democrática que refuerza la legitimidad de todos los actores, sin excepción. También los sociales y sin ánimo de lucro. Una organización sin lucro y que defiende derechos, como Civio, cuando trata de influir en una ley debe ser tan transparente como una empresa, precisamente para reforzar el valor y la legitimidad de su aportación al debate público.
-
¿Quién es “personal público”? (art. 3): en la vida real, la influencia no solo apunta a los ministros y altos cargos, sino también a sus asesores y a quienes preparan las normas. Por eso, la propuesta del PP (94) de incluir a personal eventual y técnico es un acierto. En cambio, las enmiendas restrictivas de PNV (14) y Junts (44) son un grave retroceso que ignora la realidad de la Administración. Por su lado, EH Bildu (70) y Podemos (114) buscan ampliar el ámbito a personal de las Cortes y del Poder Judicial, lo que difícilmente tiene entrada en esta norma.
El Registro, motor de transparencia o archivo inútil
Un registro de lobbies es inútil si es un mero listado burocrático. Su eficacia depende de tres claves: la calidad de su contenido, la frecuencia de su actualización y la accesibilidad de sus datos.
El contenido (art. 6) lo es todo. Aquí, la enmienda 34 de Sumar marca el estándar de excelencia que el resto de grupos debería adoptar. Replica nuestras propias recomendaciones y sus claves son:
-
Transparencia financiera: obliga a estimar los “costes anuales” del lobby y declarar los “fondos públicos recibidos”. Permite seguir el dinero.
-
Identificación de puertas giratorias: exige señalar a los lobistas que han sido cargos públicos en los últimos cinco años (una medida que también apunta EH Bildu en la enmienda 75)
-
Publicidad total de la interacción: insta a publicar los detalles de las reuniones, incluyendo actas y documentos.
-
Principio de “publicidad por defecto”: establece que “toda la documentación entregada por los grupos de interés en el ejercicio de su actividad de influencia será pública por defecto”, con unos límites que hay que justificar. Este principio invierte la carga de la prueba y convierte la transparencia en la norma, no en la excepción.
-
Datos usables y permanentes: exige formatos abiertos (CSV, JSON) y un historial de modificaciones publicado permanentemente. Datos para ser usados, no solo mirados.
Pero un contenido excelente es inútil si los datos son antiguos o inaccesibles. Aquí, la enmienda 33 de Sumar es de nuevo la más ambiciosa, al exigir una actualización “al menos cada quince días” y formatos abiertos. Aunque otras propuestas (la enmienda 2 de ERC, la 95 del PP y la 74 de EH Bildu) apoyen los formatos abiertos, mantener la actualización anual, como proponen, condena el registro a la irrelevancia para un control en tiempo real y no es suficiente.
Trazabilidad: el derecho a seguir la huella de la influencia
La ciudadanía tiene derecho a conectar los puntos: desde una reunión hasta su impacto en el BOE. Para ello, la huella normativa (art. 11) debe ser robusta. Valoramos que ERC (4), Sumar (37) y PP (103) exijan detallar mejor que el proyecto de ley actual la influencia de las aportaciones.
Una ley con dientes: obligaciones para todos y sanciones disuasorias
- Rendición de cuentas para el personal público: el lobby es una interacción bidireccional. Por eso, las enmiendas de Sumar (36) y ERC (7) para crear obligaciones y sanciones también para el personal público son transformadoras. Marcan un antes y un después en la cultura de la integridad, frente a la tímida remisión a un futuro reglamento que propone el PP (102).
- Un régimen sancionador creíble: una ley sin sanciones es papel mojado. La propuesta más sólida es la de Sumar (38 y 39), que recoge las recomendaciones de Civio para endurecer las infracciones (añadiendo la “ocultación o destrucción de documentación”) y las sanciones. Las de PNV y Junts, en cambio, son meros retoques técnicos insuficientes.
¿Y ahora? Un llamamiento a la ambición
El consenso para asegurar un supervisor independiente demuestra que sería posible mejorar sustancialmente el proyecto. Ahora, la ambición de la ley se medirá en los detalles: en su capacidad para someter a todos a las mismas reglas, en la utilidad real de su Registro y en la contundencia de sus sanciones.
Instamos a los grupos parlamentarios a no ceder a presiones e intereses únicamente partidistas para buscar una ley descafeinada. La calidad de una democracia se mide por la robustez de sus contrapesos. Esta ley es una oportunidad histórica para fortalecer uno de ellos.