¿Puede una administración pública negarse a compartir el código fuente de un programa que toma decisiones sobre quién recibe o no una ayuda esgrimiendo la protección intelectual? ¿También cuando el desarrollo es interno? ¿Se pueden alegar razones de seguridad, como si compartir cualquier parte del código permitiera hackear el sistema? A esas y otras preguntas responderá el Tribunal Supremo, que ha admitido a trámite la preparación del recurso de casación que Civio presentó en junio contra una sentencia anterior de la Audiencia Nacional que admitió la supuesta vulneración de la propiedad intelectual y de la seguridad para impedirnos conocer el código fuente de BOSCO, la aplicación que se usa para aprobar, o denegar, el bono social.

Este paso es muy relevante: el Supremo solo acepta recursos de casación cuando se demuestra que existe un interés general por sentar jurisprudencia sobre cómo se aplica una norma. En este caso, debatirá sobre los límites al derecho de acceso a la información de la Ley de transparencia, así como las respuestas parciales.

El caso BOSCO, desde 2018: qué pedimos y por qué

En 2018, hace más de seis años, solicitamos las funcionalidades, los casos de prueba y el código fuente de una herramienta llamada BOSCO, programada por el Ministerio de Transición Ecológica y que es la que se usa para decidir quién tiene derecho al bono social eléctrico, las ayudas para pagar la factura de la luz. Queríamos comprobar cómo funcionaba y si estaba mal programada, ya que muchas personas vulnerables, y potencialmente beneficiarias, nos comunicaban que se lo estaban denegando.

Nos dieron una parte de lo que solicitábamos, pero no el código fuente. Ya con esa información parcial pudimos desvelar que BOSCO tenía errores y negaba la ayuda a personas que tenían derecho a ella. Pero necesitábamos conocer el código fuente para saber si había más errores, así que reclamamos ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), que por entonces rechazó nuestra petición de acceder a ese código. Esa fue su postura entonces, pero años después cambió de posición y ahora sí avala que se entregue ese código.

Fuimos a los tribunales. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 8 rechazó nuestro recurso. Era 2022. Recurrimos. El pasado mes de mayo, ya en 2024, la Audiencia Nacional volvió a rechazar nuestros argumentos. La sentencia daba por bueno que hacer público el código vulneraría derechos de autor, aunque estos derechos pertenecieran a una administración pública, no a terceros. También que compartir el código podría generar riesgos –en nuestra opinión infundados, erróneos o directamente falsos– como conocer el nivel de renta de los solicitantes de ayudas y otros datos personales comprometidos, y modificarlos con propósitos ilícitos. O perpetrar delitos, e incluso minar criptomonedas con la infraestructura del Ministerio. Por último, nos impuso el pago de un total de 3.500 euros en costes procesales, entre la primera y la segunda sentencia en contra.

Para entonces, la clave ya no era solo conocer cómo funciona BOSCO, sino combatir la opacidad en programas y algoritmos que se usan en las administraciones públicas y toman decisiones que nos afectan. Por eso dimos un paso más y fuimos al Supremo. Y por eso ahora, con esta admisión a trámite, vamos a presentar nuestros argumentos.

Más que el derecho a auditar algoritmos

El Tribunal Supremo ha aceptado el interés casacional de esta cuestión y nos permitirá presentar nuestro recurso porque reconoce que las cuestiones legales planteadas tienen un interés que va mucho más allá de este caso concreto. ¿Por qué?

Por su posible impacto en otros casos y porque no hay precedentes. Es la primera vez que se debate cómo aplicar el límite de propiedad intelectual en casos como este, cuando la administración pública es la titular de los derechos. Y en Civio creemos que la propiedad intelectual no puede ser un obstáculo absoluto. La mayor parte de los documentos que producen las administraciones son obras de propiedad intelectual, así que solo habría que invocar este límite para ocultar cualquier información, un documento, los pliegos de un contrato… Cualquier cosa.

Conseguir que el Tribunal Supremo admita a trámite un recurso de casación no es nada fácil. Su filtro es muy exigente, y la mayoría de las causas no logran superarlo. Por eso estamos tan orgullosos de haberlo pasado ya en dos ocasiones. La anterior, en 2018. Entonces estaba en juego si el derecho de acceso se reducía solo a información elaborada o adquirida desde la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, es decir, diciembre de 2014. Y acabamos ganando.

Esta vez, lo que se decida en el caso BOSCO aclarará cómo equilibrar los derechos de propiedad intelectual con la transparencia. También si, ante el argumento de que abrir el código fuente de BOSCO pondría en peligro la seguridad de datos personales, podemos recibir una respuesta parcial a la información, protegiendo datos sensibles y a la vez cumpliendo con el derecho de acceso a la información. No es solo un derecho, es una herramienta esencial para que sepamos cómo se gestiona lo público, si se respetan nuestros derechos y si las decisiones de las administraciones son justas. Lo que no sabemos, nos cuesta: en dinero, en derechos y en confianza.

Desde Civio queremos agradecer a Javier de la Cueva, abogado y patrono de la fundación, su extraordinario trabajo de defensa legal, que nos ha llevado hasta aquí. Mientras se desarrollan los acontecimientos, aquí encontrarás las novedades y la documentación del caso en abierto (resoluciones, sentencias, recursos…). Además, te animamos a difundir esto entre tu gente. No solo lo disputamos por Civio, sino por todas las personas que creen que el acceso a la información pública es la base de una democracia sana.

Gracias por acompañarnos en esta lucha, y ojalá consideres unirte hoy a Civio si deseas ayudarnos a ganarla.